1.1 IPOnet Comunicaciones S.L.U con CIF Nº B-54172135 y domicilio social en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España (en adelante IPOnet). Por el presente Contrato, y en su caso, por medio de los Anexos que puedan incorporarse al mismo y que formarán parte integrante del mismo, la persona física o jurídica (en adelante el CLIENTE) cuyos datos se indican en el apartado "Datos del cliente", se abona a uno o más Servicios (en adelante Servicio) ofertados por IPOnet a través de WIFI, cuyas características se especifican en la hoja de toma de datos del presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y aceptar.
1.2 IPOnet deberá satisfacer toda solicitud de conexión inicial del Servicio dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de recepción del Contrato, plazo que podría ampliarse hasta 30 días naturales para determinadas zonas territoriales, salvo que mediaran impedimentos de fuerza mayor o imputable al CLIENTE o a cualquier tercero. IPOnet se reserva el derecho a no dar de alta una vez analizada la solvencia del CLIENTE, así como una vez analizada la cobertura geográfica y cumplimiento de parámetros técnicos del servicio en el domicilio del CLIENTE. Los Servicios se prestarán al CLIENTE en calidad de consumidor final, para su uso exclusivo en su domicilio. En ningún caso podrá el CLIENTE revender o distribuir el Servicio a terceros.
1.3 IPOnet informa al Cliente de su derecho a desistir del contrato en el plazo de 14 días naturales desde la fecha de celebración del Contrato, pudiendo ejercitar dicho derecho en el plazo indicado mediante la cumplimentación del documento de Solicitud de Desistimiento que IPOnet que se encuentra disponible en la Web: www.redipo.es. Si antes del transcurso de los 14 días naturales, con su consentimiento expreso el Servicio ha sido completamente ejecutado, el Cliente habrá perdido su derecho de desistimiento.
1.4 En caso de que el Cliente contrate el Servicio Telefónico Fijo éste se prestará sobre la línea asociada al servicio de WIFI de IPOnet. Además, IPOnet informa al Cliente que los servicios Premium, las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional están desactivados. A estos efectos, el Cliente deberá comunicar a IPOnet, mediante petición escrita al siguiente correo: attcliente@redipo.es o por fax al número 966.078.101, su intención de activar dichos servicios. Previa a la activación de dichos servicios IPOnet podrá llevar a cabo una evaluación de riesgo y en virtud de la misma negar la activación de los mencionados servicios.
2.1 El CLIENTE pagará el precio del Servicio resultante de la aplicación de las tarifas vigentes en cada momento para cada tipo de Servicio. El CLIENTE reconoce haber recibido y conocer las tarifas vigentes en el momento de la utilización del Servicio que, junto a sus modificaciones, formarán parte integrante del mismo. El CLIENTE podrá obtener información de las tarifas a través de la página web www.redipo.es o en el número de Atención al Cliente 966 078 100.
2.2 Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al CLIENTE con al menos un mes de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a las autoridades y organismos competentes de conformidad con la normativa aplicable. La modificación de las tarifas dará derecho al CLIENTE a resolver el Contrato. (Condición 12)
2.3 Los precios indicados para los servicios siempre se consideraran con impuestos indirectos incluidos.
2.4 La telefonía fija comprenderá una Tarifa Plana Nacional que incluye una cantidad limitada de minutos para realizar llamadas a teléfonos fijos locales, provinciales, interprovinciales y nacionales, así como una cantidad de minutos limitados para realizar llamadas a móviles nacionales. No están incluidas las llamadas internacionales. Las llamadas internacionales están sujetas a una tarificación distinta. Salvo que el Cliente contrate una Tarifa Plana para llamadas internacionales donde obtendrá una cantidad de minutos limitados para llamar a fijos internacionales, siempre y cuando pertenezcan a países de la zona A (Andorra, Argentina, Bélgica, Colombia, Gibraltar, Francia, Dinamarca, Alemania, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, México, Mónaco, Holanda, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza, UK, Uruguay, Venezuela, EEUU y Canadá.).
2.5 El establecimiento de llamada será gratuito y la facturación se realizará por segundos. Se establecerá una cantidad máxima como límite de llamadas. Las llamadas que superen dicha cantidad se abonarán utilizando la tarificación normal. Lo no consumido en un mes no se acumula para el siguiente período.
2.6 Traspasados los límites de Tarifa Plana Nacional e Internacional, se tarificarán según la tarifa vigente, que se puede consultar en www.redipo.es.
3.1 IPOnet facturará al CLIENTE las cantidades que éste deba abonar por la prestación del Servicio contratado, alta, instalación, adquisición de los equipos, descuentos, promociones y cualquier otro devengo especificado en el la hoja de toma de datos del presente contrato y/o en el parte técnico realizado al momento de la instalación. En las facturas presentadas al CLIENTE quedarán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por el Servicio prestado así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables.
3.2 Las cuotas mensuales se facturarán por meses anticipados y se calcularán por períodos completos de facturación, según los criterios de IPOnet a este respecto, y a prorrata de los días que transcurran desde la fecha de prestación del Servicio hasta el inicio del primer período completo de facturación.
3.3 El CLIENTE deberá hacer efectivo el pago los días 10 de cada mes, mediante domiciliación bancaria en la cuenta corriente que éste haya designado.
3.4 En caso impago, las cantidades adeudadas, incluidos los gastos de devolución o del impago ocasionados a IPOnet devengarán, desde la fecha que debieron ser abonados, interés al tipo legal de referencia más dos puntos porcentuales, sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento y que podrán suponer incluso la suspensión temporal o definitiva en los términos previstos en la condición 5.
3.5 El Cliente autoriza a IPOnet a través de la Hoja de Toma de Datos a emitir la factura en formato electrónico, salvo que el cliente especifique lo contrario. En el supuesto de haber solicitado la emisión de su factura en soporte electrónico, dicha factura se realizará a través de medios electrónicos que garanticen la autenticidad del origen y la integridad del documento de la factura. La factura electrónica tendrá los mismos efectos jurídicos que la factura en soporte papel y estará a disposición del CLIENTE mensualmente a través del correo que haya facilitado a IPOnet en la Hoja de pedido. No obstante, el CLIENTE en cualquier momento, podrá solicitar a IPOnet, a través de una solicitud realizada al Número de Atención al CLIENTE o del Área CLIENTE de la web: www.redipo.es o escribir a attcliente@redipo.es, para recibir sus facturas en soporte Papel. El cambio de soporte se realizará a partir de la emisión de la siguiente factura.
IPOnet podrá solicitar al cliente cualesquier información/documentación que considere necesarios para evaluar el riesgo en la contratación del cliente, tales como recibos de otros prestadores de servicio, nóminas, etc. La negativa a la aportación de dicha documentación puede conllevar la no contratación del servicio. Igualmente, IPOnet podrá exigir al CLIENTE, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del Contrato, la constitución de un depósito de garantía y/o el establecimiento de un límite máximo de consumo por línea cuando: a) el CLIENTE hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos, c) el CLIENTE de Servicio a equipos terminales de uso público para su explotación por terceros en establecimientos públicos o presta Servicio de tarificación adicional. En el caso del depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario, a elección del CLIENTE. El requerimiento de constitución del depósito se hará por cualquier medio que deje constancia de la recepción por el CLIENTE, con una antelación mínima de quince (15) días a su constitución. Si el depósito no se constituye, IPOnet podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio (y dar de baja al CLIENTE si no constituye el depósito pasados 10 días desde el segundo requerimiento). La devolución de los depósitos se producirá: en el supuesto b) cuando quede acreditado que en un año no ha existido ningún retraso en el pago; en el supuesto c) al año si no se ha impagado ningún recibo, si no, se mantendrá hasta que se liquiden íntegramente todas las deudas; en el caso de los prestadores de Servicios de tarificación adicional, cuando se determine en el Contrato tipo, si el titular no ha dejado de pagar ningún recibo, si no cuando se liquiden las deudas. En el resto de los casos se devolverá tan pronto como IPOnet tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas. Si el CLIENTE con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su abono, IPOnet podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del abonado. Si el CLIENTE hubiera pagado todos los recibos, el depósito se devolverá íntegramente. IPOnet contará con un plazo de quince (15) días para devolver el depósito desde el día siguiente a aquel en el que se cumplan las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.1 Telefonía Fija. El retraso en el pago total o parcial por el CLIENTE durante un plazo superior a un mes 5.1 Telefonía Fija. El retraso en el pago total o parcial por el CLIENTE durante un plazo superior a un mes (01) desde la fecha de emisión de la factura facultará a IPONET a suspender temporalmente dicho servicio de telefonía con las únicas limitaciones establecidas en la normativa aplicable. Para tales efectos, se preavisará al cliente y la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión temporal del servicio contratado. IPOnet restablecerá el Servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe adeudado ha sido satisfecho. Dicha suspensión no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes. Si transcurridos tres (3) meses desde la fecha de emisión de la factura no se ha abonado el importe pendiente, IPOnet podrá proceder a la suspensión definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato, sin perjuicio del derecho que dispone IPOnet a reclamar la cantidad impagada, junto con los intereses y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar. También procederá la suspensión definitiva del Servicio y resolución del Contrato en caso de suspenderse temporalmente el Servicio, en dos ocasiones, por mora en el pago correspondiente. La interrupción definitiva se comunicará y llevará a cabo en la forma prevista para la suspensión temporal del Servicio.
5.2. Otros Servicios. En relación con los demás servicios se podrá suspender de forma temporal el servicio objeto de impago desde el momento en el que conozca tal hecho. La suspensión sólo afectará al servicio respecto a cuyo pago se haya incurrido en mora. La suspensión de los servicios no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cantidades independientes del tráfico que puedan devengarse y que se correspondan con el servicio contratado. Se restablecerá el servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo. Transcurrido un (1) mes desde la fecha de emisión de la factura no se ha abonado el importe pendiente, IPOnet podrá proceder a la suspensión definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato, sin perjuicio del derecho que dispone IPOnet a reclamar la cantidad impagada, junto con los intereses y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar. También procederá la suspensión definitiva del Servicio y resolución del Contrato en caso de suspenderse temporalmente el Servicio, en dos ocasiones, por mora en el pago correspondiente.
5.3 IPOnet podrá suspender también la prestación cualesquiera de los servicios o incluso partes de un servicio (ej. sólo las llamadas internacionales) desde el mismo momento que detecte la posibilidad de que se esté produciendo o se vaya a producir un fraude y/o irregular utilización del servicio, ya sea por parte del cliente o de un tercero que por cualesquiera medios tenga acceso a hacer uso del servicio del cliente. En estos casos, cabrá igualmente la posibilidad de que se adelante el ciclo y fecha de facturación para que IPOnet emita una factura de inmediato incluso antes de la suspensión del servicio.
5.4 Derecho a la Desconexión de Determinados Servicios. El CLIENTE en relación al servicio de telefonía, tendrá derecho a la desconexión de las llamadas internacionales y de los servicios de tarificación adicional, mediante comunicación escrita, haciendo uso de cualquiera de estas formas de comunicación: correo ordinario/postal (IPONET Comunicaciones, S.L. B54172135 Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España) o por correo electrónico (administracion@redipo.es); con un preaviso de 15 días hábiles.
5.5 Derecho a suspender temporalmente el servicio de telefonía fija. El CLIENTE tiene derecho a solicitar de IPOnet la suspensión temporal del servicio de telefonía fija por un período determinado que no será menor de un mes ni superior a tres meses. El período no podrá exceder, en ningún caso, de 90 días por año natural. El cliente deberá solicitar dicha suspensión temporal con un mínimo de quince días de antelación a la fecha de su efectividad. Dicha suspensión temporal implicará la facturación inmediata del saldo pendiente, que deberá ser satisfecho en la misma forma y condiciones que las previstas en la cláusula 3 del presente Contrato.
Además, se aplican las siguientes condiciones:
5.5.1 El cliente deberá estar al corriente de TODOS los pagos (de todas las facturas emitidas hasta la fecha de solicitud, incluidas las no vencidas);
5.5.2 Solicitar la suspensión temporal por escrito, haciendo uso de cualquiera de estas formas de comunicación: correo ordinario/postal (IPONET Comunicaciones, S.L. B54172135 Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España) o por correo electrónico (administracion@redipo.es).
6.1 IPOnet se compromete a prestar el Servicio conforme a los compromisos de calidad exigidos por la normativa vigente que fueran de aplicación como prestador del Servicio y conforme a lo dispuesto en las presentes condiciones generales y en las específicas de cada uno de los Servicios. Además tiene la opción de recurrir, siempre que lo haya contratado previamente, a nuestro Servicio de asistencia técnica si detecta alguna anomalía o deficiencia.
6.2 El CLIENTE acepta que IPOnet realice en cualquier momento y previo aviso, grabaciones de las conversaciones que tenga con el Servicio de Atención al Cliente o Servicio Técnico, con el sólo fin de dejar constancia de las acciones efectuadas y de cuidar la calidad del Servicio.
6.3 La velocidad establecida para el acceso a internet en cualquiera de las modalidades elegidas se considera "hasta", y sujeta a disponibilidad geográfica en atención a la utilización de tecnología IP sobre banda ancha que puede sufrir deficiencias de disponibilidad, entre otros motivos, por saturación red de soporte del servicio.
7.1 Cuando, durante un período de facturación, un CLIENTE sufra interrupciones temporales del Servicio telefónico contratado, IPOnet tras analizar el problema le indemnizará si corresponde (empezando a contar los plazos desde el momento en que el CLIENTE informa a los Servicios de Atención al Cliente la existencia de la incidencia) con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
a.- El promedio del importe facturado por dicho Servicio durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b.- Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
Se le indemnizará de forma automática en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga una indemnización por importe superior a un euro. Si el importe de la indemnización no es superior a un euro, únicamente se efectuará la devolución por reclamación del CLIENTE.
Se entiende por "tiempo de interrupción del Servicio" la suma de tiempos transcurridos, a lo largo de un período de facturación, desde el instante en que el CLIENTE informa a los Servicios de Atención al Cliente de la existencia de la incidencia hasta el momento en que IPOnet le comunica el restablecimiento del Servicio a su normal funcionamiento.
7.2 En el supuesto de que se produzcan interrupciones temporales del Servicio de acceso a Internet imputables a IPOnet, éste deberá compensar al CLIENTE con la devolución de la cuota mensual correspondiente a este Servicio, prorrateada por el tiempo que hubiera durado la interrupción. Se le indemnizará de forma automática en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga una indemnización por importe superior a un euro. Si el importe de la indemnización no es superior a un euro, únicamente se efectuará la devolución por reclamación del CLIENTE.
7.3 Cuando la interrupción temporal sea debido a causas de fuerza mayor, IPOnet se limitará a compensar al CLIENTE mediante la devolución del importe de la cuota de abono del Servicio, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción, con exclusión de cualquier otra indemnización.
7.4 IPOnet no indemnizará al CLIENTE cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave del CLIENTE de las condiciones contractuales.
b) Daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo con la normativa vigente.
c) Por interrupción del Servicio para hacer labores de mantenimiento o actualización de las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.
d) La discontinuidad en el Servicio causada por la introducción por el CLIENTE de elementos de Hardware o Software que provoquen un mal funcionamiento en general de su equipo informático o que resulten incompatibles con los elementos precisos en dicho equipo para el acceso a Internet a través del Servicio.
e) La interrupción del Servicio motivada por averías identificadas en el tramo de red de acceso no perteneciente a IPOnet (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones y Red de Cliente).
f) La indisponibilidad del Servicio motivada por cualquier avería en la línea telefónica interior del CLIENTE sobre la que se soporte el Servicio cuando la avería sea debida por causa imputable al CLIENTE o a un tercero ajeno a IPOnet.
g) La indisponibilidad del Servicio motivada por cualquier problema en la configuración y funcionamiento del Módem / Router o cualquier otro equipamiento asociado a la prestación del Servicio, cuando la pérdida de la configuración o el fallo de funcionamiento sea debido a causa imputable al CLIENTE o a cualquier tercero ajeno a IPOnet.
h) La pérdida de conectividad debida a cualquier problema con el suministro de la energía eléctrica.
7.5 A efecto de lo dispuesto en los apartados 7.1 y 7.2, cuando la cuota mensual comprenda tanto el Servicio telefónico como el acceso a Internet, se considerará que el precio de la misma corresponde: 80% servicio de Internet y 20% servicio telefónico.
7.6 Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula, la responsabilidad de IPOnet no comprenderá, en ningún caso, compensación por perjuicios a personas, daños a la propiedad o pérdidas económicas, en especial, el lucro cesante o cualquier otro daño o perjuicio emergente que como consecuencia de deficiencias en el Servicio pudiera sufrir el CLIENTE.
Para la determinación de los usuarios afectados se estará estrictamente a lo dispuesto en la normativa aplicable.
8.1 CLIENTE se obliga a:
a) Cumplir con las obligaciones de pago en los términos previstos en la cláusula tres. El CLIENTE no quedará exonerado de su obligación de pago aunque el Servicio hubiera sido utilizado por persona no autorizada por él.
b) Cumplir con las instrucciones que IPOnet le transmita con relación al Servicio.
c) Facilitar a IPOnet toda aquella información que, según el criterio de ésta, sea relevante para la solución de cualquier tipo de incidencia relacionada con el Servicio.
d) El CLIENTE declara que destinará la utilización del Servicio exclusivamente a su propio uso, quedando expresamente prohibida la reventa del mismo a terceros, salvo autorización expresa por escrito de IPOnet. Igualmente, autoriza de forma expresa a IPONET o al tercero que esta designe el acceso a su domicilio para realizar labores de instalación, desinstalación, mantenimiento, resolución de incidencias, etc., relacionadas con la prestación del servicio y sus equipos.
e) No ceder su posición en este Contrato a un tercero salvo autorización expresa por escrito de IPOnet.
f) El CLIENTE se compromete a utilizar el Servicio de conformidad con la ley, la moraL, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como abstenerse de utilizar el Servicio con fines ilícitos, prohibidos en las presentes Condiciones Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier otra forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los Servicios o equipos informáticos de otros CLIENTES o usuarios.
El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de estas cláusulas dará lugar a la resolución del Contrato sin que el CLIENTE tenga derecho a compensación alguna.
8.2 IPOnet se obliga a:
a) A la prestación del servicio conforme a los términos establecidos en este acuerdo.
b) Informar al CLIENTE, con un mes de antelación, de la variación de las condiciones de prestación del Servicio.
c) Garantizar el secreto de las comunicaciones quedando exonerada de toda responsabilidad en la obtención por el CLIENTE o terceros de grabaciones o de cualquier vulneración del secreto que no le sea imputable por obtenerse fuera del control que pueda llevar a cabo IPOnet.
El CLIENTE podrá formular, a través de la dirección de correo electrónico attcliente@redipo.es o bien mediante escrito dirigido a la dirección del Servicio de Atención al Cliente en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España, sus quejas o reclamaciones, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de no ser atendida la reclamación de que se trate en el plazo de un mes, el CLIENTE que sea persona física podrá reproducirla ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a través del número 901.336.699 o la web www.usuariosteleco.es. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento de reclamación se regirá por la normativa vigente en cada momento. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras la reclamación se esté substanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado. La interposición de reclamaciones no supone retraso en el pago de las cantidades que el CLIENTE está obligado a satisfacer.
10.1 En cumplimiento de lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 y demás normativa de desarrollo, el Cliente queda informado de que los datos personales a los que IPOnet tenga acceso como consecuencia de la prestación del Servicio, serán tratados por IPOnet con las siguientes finalidades: (i) prestar y gestionar los servicios solicitados en cada momento, (ii) desarrollar acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por IPOnet, por empresas del Grupo de Iponet del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia de la relación contractual, así como el envío de las mismas por cualquier medio de comunicación electrónica (para lo indicado en este apartado deberá dar su consentimiento explícito mancando la opción correspondiente en la hoja de toma de datos de este contrato). Del mismo modo, el Cliente consiente expresamente el tratamiento de sus datos de tráfico y facturación, de conformidad con lo dispuesto con el art. 65.3 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios, para la prestación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios. Asimismo, el Cliente consiente a IPOnet la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo de IPONET del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero (www.redipo.es) y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas. Sus datos se mantendrán mientras no se solicite su supresión por parte del CLIENTE. El Cliente podrá revocar todos los consentimientos anteriormente otorgados en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose a IPOnet por cualquier medio de los indicados en la condición 9 del presente Contrato, con la referencia “Protección de Datos”, salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose a IPOnet por cualquier medio de los indicados en el párrafo anterior. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose, por cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción a IPOnet a la dirección indicada en esta cláusula. Además, tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente en materia de Protección de Datos. En caso de tener que ponerse en contacto con nuestro delegado de protección de datos lo puede realizar en la siguiente dirección de correo: rgpd@redipo.es
10.2 Para el caso de que para la prestación del servicio principal o complementario, sea necesaria la utilización de contraseñas, login, etc., los mismos serán personales e intransferible para el CLIENTE, siendo éste responsable de la custodia de dichos instrumentos de acceso, así como del uso no responsable que del mismo se realice.
10.3 El impago del Servicio contratado por el CLIENTE, facultará a IPOnet, a comunicar este extremo a los Servicios y entidades de información sobre solvencia patrimonial y crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto. La duración de este tratamiento se efectuará incluso una vez se haya terminado el presente Contrato excepto para aquellas finalidades que devengan inaplicables tras la finalización del mismo. No obstante, el CLIENTE podrá revocar el consentimiento otorgado en cualquier momento de conformidad con lo establecido en esta cláusula. El CLIENTE autoriza el tratamiento y comunicación de sus datos en la forma establecida en este párrafo, teniendo este consentimiento siempre carácter revocable sin efectos retroactivos.
10.4 Se informa al CLIENTE de su facultad de ejercer en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto dirigiendo un escrito a la dirección Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España.
10.5 En virtud del principio de calidad de datos, el CLIENTE se obliga a comunicar por escrito a IPOnet cualesquiera errores que pudiera apreciar en sus datos personales y/o facturación del Servicio, mediante escrito enviado a IPOnet por correo certificado con acuse de recibo o cualquier otro medio que permita tener constancia de la recepción por parte de IPOnet, a fin de que se proceda a rectificar los datos y/o facturación. En caso de no ejercer el derecho de rectificación de la forma descrita, ambas partes considerarán que los datos que obran en los sistemas de la compañía son ciertos a todos los efectos.
10.6 Para el caso de que para la prestación del servicio principal o complementario, sea necesaria la utilización de contraseñas, login, etc., los mismos serán personales e intransferible para el CLIENTE, siendo éste responsable de la custodia de dichos instrumentos de acceso, así como del uso no responsable que del mismo se realice.
11.1 IPOnet podrá modificar:
a) Las características que presenta el Servicio ofrecido en el momento actual cuando existan razones que justifiquen dicha modificación.
b) El Contrato cuando así lo exija la normativa vigente o por motivos técnicos, operativos y económicos del Servicio.
Estas modificaciones serán comunicadas al CLIENTE con treinta (30) días de antelación a la fecha prevista para aplicar la modificación correspondiente, pudiendo en estos casos ejercer el Cliente su derecho a la resolución del Contrato, transcurrido dicho plazo sin que IPOnet haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones.
11.2 La modificación por IPOnet de las condiciones contractuales facultará al CLIENTE a darse de baja en el Servicio afectado o a solicitar la resolución del Contrato no dando lugar a penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones, siempre y cuando IPOnet reciba la petición de baja o de resolución del contrato dentro del mes siguiente a la comunicación de las nuevas condiciones contractuales, sin perjuicio del cumplimiento por ambas partes de las obligaciones surgidas con anterioridad a la solicitud de baja o fecha de resolución.
11.3 La última versión del Contrato podrá consultarse en las oficinas comerciales de IPOnet y en la página web: www.redipo.es.
12.1 El presente Contrato, tendrá una duración de 24 meses, con la excepción reconocida en el artículo 71.3 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, siempre que el cliente lo acepte expresamente. Una vez que se cumpla su vigencia, dichos contratos quedan prorrogados automáticamente por el mismo periodo. Antes o después de la prórroga, el cliente gozará de ese mismo derecho de rescisión en cualquier momento sin contraer ningún coste salvo el de las cantidades adeudadas hasta la fecha o cualquier penalización por permanencia. Esta duración inicial entrará en vigor a partir de la fecha de activación del Servicio. El cliente podrá manifestar su intención de extinguirlo en cualquier momento, comunicándolo con quince (15) días de antelación a la fecha prevista de duración inicial.
12.2 El presente Contrato podrá resolverse, a petición de cualquiera de las partes, por las causas generalmente admitidas en Derecho, por las previstas en estas Condiciones y, expresamente, por las siguientes:
a) Por petición expresa de cualquiera de la partes, previa comunicación a la otra por escrito con una antelación mínima de treinta (30) días naturales, en caso de que sea el CLIENTE quien decida resolverlo, y treinta (30) días, en caso de IPOnet, respecto a la fecha en que ha de surtir efecto.
b) Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes y, en especial, por la falta o demora en el pago.
c) Por imposibilidad técnica de la prestación del Servicio.
d) Por circunstancias de fuerza mayor.
12.3 El CLIENTE podrá darse de baja a través de las siguientes vías:
- Por comunicación escrita remitida por correo con dos días de antelación a la fecha de extinción, al domicilio de IPOnet, sito en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España adjuntando copia del D.N.I, C.I.F o de otra documentación acreditativa de su personalidad.
- Por fax al número 966.078.101, indicando sus datos personales y una copia de su D.N.I, C.I.F o de otra documentación acreditativa de su personalidad.
- Por correo electrónico a la siguiente dirección: bajas@redipo.es
13.1 Los equipos facilitados por IPOnet para la prestación del servicio tales como: antena exterior, PoE, cable de alimentación eléctrica, herrajes, otros (en adelante EQUIPOS IPO) se ponen a disposición del CLIENTE en régimen de alquiler, manteniendo en todo momento IPOnet la propiedad de los mismos. El CLIENTE no adquirirá la propiedad de los EQUIPOS IPO entregados, ni podrá cederlos o entregarlos a terceros, debiendo mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado. Quedan exceptuados aquellos contratos donde se especifique la compra del router por parte del CLIENTE, pues, en este único caso, la propiedad del router la conserva dicho CLIENTE, e IPOnet será responsable únicamente de las garantías que exige la ley respecto de la compraventa de dicho tipo de equipos.
13.2 El CLIENTE es responsable de la custodia y correcta utilización de los EQUIPOS IPO, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse. En caso de daño, extravío, robo, hurto, desaparición, destrucción, o deterioro no derivado del uso ordinario, de todo o parte de los EQUIPOS IPO el CLIENTE deberá comunicar tal suceso a IPOnet en el plazo de tres (3) días naturales.
13.3 El CLIENTE deberá indemnizar a IPOnet por un importe igual a la totalidad de los gastos derivados de la reparación de los EQUIPOS IPO deteriorados o averiados o, por la totalidad de su valor inicial a la suscripción del presente Contrato, en caso de daño, extravío, robo, hurto, desaparición, o destrucción, o de averías o deterioros imputables al CLIENTE no imputables a IPOnet que exijan una reparación cuyo coste supere el del EQUIPO IPO dañado, averiado o deteriorado.
13.4 IPOnet realizará el mantenimiento ordinario de los equipos arrendados al CLIENTE. En caso de averías, si ésta fuese imputable a IPOnet, la comprobación, reparación o sustitución de los equipos se efectuará sin cargo alguno para el CLIENTE. Si, por el contrario, la avería de los EQUIPOS IPO no fuera imputable a IPOnet, serán de cuenta del CLIENTE los costes que se generen por desplazamiento e intervención de los técnicos autorizados, siendo de aplicación las tarifas establecidas en cada momento por IPOnet.
13.5 Asimismo, correrán a cargo del CLIENTE todos los costes y gastos generados por la reparación o sustitución, en su caso, de los EQUIPOS IPO que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por el CLIENTE o por cualquier técnico no autorizado por IPOnet, o utilizados por un fin distinto del establecido en las presentes Condiciones Generales.
13.6 En caso de resolución del presente Contrato, el CLIENTE deberá, en el plazo de cinco (5) días naturales desde la fecha efectiva de resolución, devolver a IPOnet los EQUIPOS IPO en perfecto estado estético y de funcionamiento. A tal fin, el CLIENTE deberá entregar los EQUIPOS IPO, acordando con IPOnet el medio de recogida a través de su Servicio de Atención al Cliente.
13.7 En caso de que el CLIENTE no proceda a la devolución de los EQUIPOS IPO en el plazo señalado en el apartado anterior, IPOnet estará facultada para exigirle al CLIENTE, la cantidad de doscientos (200) euros en concepto de cláusula penal.
13.8 Lo establecido en los apartados precedentes se entiende sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que por cualquier causa incluida la reclamación de daños y perjuicios asistan a IPOnet como propietaria de los EQUIPOS IPO.
13.9 Para aquellos casos en que se contrate expresamente por el CLIENTE la instalación de los equipos, se entenderá que mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE autoriza la entrada en su domicilio a los técnicos de IPOnet con la finalidad de llevar a cabo el citado Servicio.
Los citados EQUIPOS IPO incluyen los siguientes materiales:
- Equipo Transmisor receptor con antena integrada
- Herraje para montaje de Equipo en mástil de antena
- Bolsa con tornillería necesaria para anclaje
- Alimentador PoE
- Cable Ethernet 18,0 metros
- Cable alimentación eléctrica estándar europeo.
- Router Wireless 04 puertos RJ-45, y en caso de tener contratado telefonía; Router Voip Wireless 04 puertos RJ-45 y 02 puertos RJ-11.
14.1 La instalación engloba únicamente un cableado superficial en el interior del lugar de instalación, como máximo de 20 metros de cable de red y una conexión a un equipo informático. Cualquier elemento o instalación necesaria fuera de estos parámetros conllevara la obligación un pago adicional por parte del cliente para lo cual IPOnet realizará el correspondiente presupuesto. El pago será mediante ingreso bancario a un número de cuenta designado por IPOnet o realizando un pago con tarjeta llamando al teléfono 966.078.100 en su horario de atención. IPOnet activará el servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe de la instalación ha sido satisfecho.
14.2 . El coste de la instalación y los equipos (router) estará detallado en el apartado otros s del presente contrato desglosados en la Hoja de Toma de Datos. El pago por concepto de instalación y equipo se realizará en un pago único que podrá efectuarse en el momento de la instalación,mediante ingreso bancario a un número de cuenta designado por IPOnet o realizando un pago con tarjeta llamando al teléfono 966.078.100 en su horario de atención. IPOnet activará el servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe de la instalación ha sido satisfecho.
14.3 Asistencia Técnica in situ en caso de avería de los EQUIPOS IPO y el router situados en el domicilio indicado en la hoja de toma de datos y siempre y cuando sea titular el cliente indicado en la hoja de Toma de datos. Si el cliente quiere utilizar este servicio, deberá de hacerlo en horario laboral de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes llamando al número de teléfono 966.078.100 o vía e-mail a la dirección soporte@redipo.es. Se le responderán a sus requerimientos tan pronto sea posible durante el horario laboral.
14.4 Cualquier operación de mantenimiento o arreglo de avería derivadas de actuaciones u omisiones dolosas o culposas del Cliente o terceros conllevará la obligación de pago del correspondiente presupuesto de desplazamiento, material y horas de trabajo.
15.1 El Servicio contratado por el CLIENTE se regirá por las condiciones anteriormente establecidas y por las específicas de cada Servicio, prevaleciendo estas últimas sobre las anteriores en caso de contradicción. Además el CLIENTE contrata con IPOnet con sujeción al régimen que en cada momento establezca la normativa vigente española aplicable a los Servicios prestados por IPOnet. IPOnet y el CLIENTE con renuncia expresa a cualquier otro fuero, sometiéndose en caso de conflicto a lo marcado en la legislación vigente aplicable para cualquier controversia que pudiera derivarse del presente contrato.
15.2 En caso de que el usuario tenga su domicilio fuera de España, IPOnet y el CLIENTE se someten, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, a lo marcado en la legislación vigente aplicable. Finalmente, en caso de duda o contradicción, siempre prevalecerá la versión española de cualquier cláusula de este contrato.
16.1 IPOnet no asume responsabilidad alguna derivada de la pérdida, deterioro o mal uso del Servicio por el CLIENTE o por cualquier tercero, no participando en ningún caso en el contenido de las comunicaciones.
16.2 El presente contrato podrá ser modificado por IPOnet, previa comunicación al CLIENTE, con una antelación de un mes con indicación de la fecha de entrada en vigor de la modificación anunciada. En caso de disconformidad con la modificación propuesta, el CLIENTE podrá comunicar a IPOnet su voluntad de resolver el contrato. La utilización del Servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada por IPOnet se considerará expresión de su aceptación por el CLIENTE.
16.3 Si cualquier cláusula de este Contrato fuese declarada por un tribunal competente, total o parcialmente nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, y no perjudicará a la validez de las restantes, que conservará su fuerza vinculante, subsistiendo el Contrato en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.
16.4 IPOnet podrá comunicarse con el cliente en relación a cualquier circunstancia del presente contrato, incluidas comunicaciones sobre suspensión del servicios, mediante el envío de SMS al número móvil indicado en el Apartado Datos del cliente.
16.5. El Cliente se compromete a no suministrar datos falsos, inexactos o no vigentes, y en particular, a no suplantar la personalidad de ningún tercero. El Cliente responderá de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que el incumplimiento de estas obligaciones pueda conllevar. En todo caso, IPOnet se reserva el derecho de aceptar o rechazar libremente la solicitud de registro y prestación del Servicio realizada por el CLIENTE.
16.6 Los servicios prestados amparados en el presente contrato sólo podrán prestarse y recibirse a través de los equipos comprados a IPOnet o cedidos por IPOnet.
El servicio contratado por el Cliente en el caso del contrato al que se adjunta el presente documento Anexo se encuentra vinculado al servicio de IPONET denominado WiFi para Comunidades.
WiFi para Comunidades es un servicio ofertado por IPONET consistente en la prestación de un servicio de acceso a Internet/telefonía especialmente diseñado para vecinos en régimen de comunidad de propietarios de tal manera que, aprovechando las instalaciones comunes de la comunidad de propietarios de la que el Cliente forma parte, se presta dicho servicio de acceso a Internet/telefonía a los usuarios/vecinos de la comunidad que contraten sus respectivos planes individuales.
En tal sentido, el presente Anexo viene a determinar las cláusulas específicas aplicables al servicio contratado, las cuales se aplicarán junto con las suscritas en virtud del contrato principal así como en caso de contradicción con aquellas.
Conforme a lo anterior, el Cliente conoce y acepta expresamente que la contratación del servicio prestado por IPO en su modalidad WiFi para Comunidades, conlleva las siguientes condiciones:
1. Para prestar el servicio en su modalidad WiFi para Comunidades, IPONET deberá ser expresamente autorizada por la Comunidad de Propietarios de la que el Cliente forma parte para instalar los equipos y conexiones necesarias en determinados elementos comunes de la comunidad (tales como RITS, mástil o monoposter en que se encuentran las antenas de televisión y canalizaciones ICT de la comunidad).
2. IPONET únicamente estará obligada a prestar el servicio en su modalidad contratada sí:
a) Cuenta con la oportuna autorización por parte de la Comunidad.
b) Al menos un número de 3 vecinos de 3 inmuebles distintos contratan bajo la modalidad WiFi Comunidades un servicio de acceso a Internet con IPONET.
3. Conforme a lo anterior, IPONET queda expresamente facultada desde la suscripción del presente contrato para dejar de prestar el servicio Wifi para Comunidades en caso de que la COMUNIDAD impida de cualquier modo el acceso o instalación de los equipos necesarios para la prestación del servicio o el número de vecinos que contraten sus planes individuales sea inferior a 3 en algún momento.
4. Para mantener vigente el Contrato WIFI para Comunidades, deberán mantener dicho contrato 3 o más vecinos de 3 o más inmuebles distintos. Si en un determinado momento, hubiera solamente 2 o menos vecinos bajo esta modalidad, IPOnet quedará facultada para pasar sus respectivos contratos a la modalidad WIFI Regular o particular.
5. Asimismo, el Cliente queda expresamente informado y acepta que, IPONET no será responsable en caso de paralización de la prestación del servicio o deficiencias en el mismo si tal paralización o deficiencias se deben a la imposibilidad para IPONET por causa que no le sea imputable de prestar el debido mantenimiento (tales como revocación de la autorización, impedimento físico de acceso a los equipos, sustracción de los equipos, etc.).
6. Los equipos instalados en los espacios comunes serán en todo momento titularidad de IPONET, quien se encargará de su mantenimiento, pudiendo acceder a los mismos únicamente personal autorizado de IPONET y llevar a cabo las actuaciones correspondientes al mantenimiento de dichos equipos.
En tal sentido, todos los Clientes abonados (independientemente de su número) mediante alguno de los planes del servicio WiFi para Comunidades responden solidariamente ante eventuales sustracciones, robos, o daños ocasionados a los equipos por personal no autorizado por IPONET, vandalismo, etc., por lo que, independientemente de la eventual responsabilidad en que pudieran haber incurrido terceras personas (incluida la propia COMUNIDAD), correrán a cargo del Cliente todos los costes y gastos generados por la reparación o sustitución, en su caso, de los equipos que hayan sido intervenidos, manipulados, modificados o utilizados por un fin distinto del establecido en el presente documento.
7. CLIENTE se obliga a: Cumplir con las obligaciones de pago en los términos previstos en la cláusula tres. El CLIENTE no quedará exonerado de su obligación de pago aunque el Servicio hubiera sido utilizado por persona no autorizada por él.
El servicio contratado por el Cliente en el caso del contrato al que se adjunta el presente documento Anexo se encuentra vinculado al servicio de IPONET denominado Vivienda Adicional.
El servicio de Vivienda Adicional está pensado para Clientes que tienen una segunda vivienda y necesitan una segunda conexión regular o permanente de conexión WiFI. El CLIENTE conoce y acepta expresamente que la contratación del servicio prestado por IPO en su modalidad Vivienda Adicional, conlleva las siguientes:
1. El servicio estará disponibles sólo para Clientes que sean titulares de un Servicio WiFi regular/particular o de Comunidad de IPOnet.
2. El cliente deberá pagar los costes derivados de la instalación y los equipos, tal como indica la condición 14 de las condiciones generales del presente contrato.
3. Los equipos necesarios para la prestación del Servicio (antena exterior, PoE, cable de alimentación eléctrica y router) se ponen a disposición del CLIENTE según lo establecido en la condición 13 de las condiciones generales del presente contrato.
4. El Cliente gozará de un descuento establecido según la oferta comercial establecido tanto en la web: www.redipo.es como en las Oficinas Comerciales.
5. En todo lo no contemplado en estas Condiciones Particulares del presente Anexo, o en caso de contradicción, se estará a lo dispuesto en las cláusulas del contrato al que se adjunta.
1.1 IPOnet Comunicaciones S.L.U con CIF Nº B-54172135 y domicilio social en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España (en adelante IPOnet). Por el presente Contrato, y en su caso, por medio de los Anexos que puedan incorporarse al mismo y que formarán parte integrante del mismo, la persona física o jurídica (en adelante el CLIENTE) cuyos datos se indican en el apartado "Datos del cliente", se abona a uno o más Servicios (en adelante Servicio) ofertados por IPOnet a través de Fibra Óptica, cuyas características se especifican en la hoja de toma de datos del presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y aceptar.
1.2 IPOnet deberá satisfacer toda solicitud de conexión inicial del Servicio dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de recepción del Contrato, plazo que podría ampliarse hasta 30 días naturales para determinadas zonas territoriales, salvo que mediaran impedimentos de fuerza mayor o imputable al CLIENTE o a cualquier tercero. IPOnet se reserva el derecho a no dar de alta una vez analizada la solvencia del CLIENTE, así como una vez analizada la cobertura geográfica y cumplimiento de parámetros técnicos del servicio en el domicilio del CLIENTE. Los Servicios se prestarán al CLIENTE en calidad de consumidor final, para su uso exclusivo en su domicilio. En ningún caso podrá el CLIENTE revender o distribuir el Servicio a terceros.
1.3 IPOnet informa al Cliente de su derecho a desistir del contrato en el plazo de 14 días naturales desde la fecha de celebración del Contrato, pudiendo ejercitar dicho derecho en el plazo indicado mediante la cumplimentación del documento de Solicitud de Desistimiento que IPOnet que se encuentra disponible en la Web: www.redipo.es. Si antes del transcurso de los 14 días naturales, con su consentimiento expreso el Servicio ha sido completamente ejecutado, el Cliente habrá perdido su derecho de desistimiento.
1.4 En caso de que el Cliente contrate el Servicio Telefónico Fijo éste se prestará sobre la línea asociada al servicio de Fibra Óptica de IPOnet. Además, IPOnet informa al Cliente que los servicios Premium, las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional están desactivados. A estos efectos, el Cliente deberá comunicar a IPOnet, mediante petición escrita al siguiente correo: attcliente@redipo.es o por fax al número 966.078.101, su intención de activar dichos servicios. Previa a la activación de dichos servicios IPOnet podrá llevar a cabo una evaluación de riesgo y en virtud de la misma negar la activación de los mencionados servicios.
2.1 El CLIENTE pagará el precio del Servicio resultante de la aplicación de las tarifas vigentes en cada momento para cada tipo de Servicio. El CLIENTE reconoce haber recibido y conocer las tarifas vigentes en el momento de la utilización del Servicio que, junto a sus modificaciones, formarán parte integrante del mismo. El CLIENTE podrá obtener información de las tarifas a través de la página web www.redipo.es o en el número de Atención al Cliente 966.078.100.
2.2 Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al CLIENTE con al menos un mes de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a las autoridades y organismos competentes de conformidad con la normativa aplicable. La modificación de las tarifas dará derecho al CLIENTE a resolver el Contrato. (Condición 12)
2.3 Los precios indicados para los servicios siempre se consideraran con impuestos indirectos incluidos.
2.4 La telefonía fija comprenderá una Tarifa Plana Nacional que incluye una cantidad limitadas de minutos para realizar llamadas a teléfonos fijos locales, provinciales, interprovinciales y nacionales, así como una cantidad de minutos limitados para realizar llamadas a móviles nacionales. No están incluidas las llamadas internacionales. Las llamadas internacionales están sujetas a una tarificación distinta. Salvo que el Cliente contrate una Tarifa Plana para llamadas internacionales donde obtendrá una cantidad de minutos limitados para llamar a fijos internacionales, siempre y cuando pertenezcan a países de la zona A (Andorra, Argentina, Bélgica, Colombia, Gibraltar, Francia, Dinamarca, Alemania, Grecia, Irlanda, Islandia, Italia, México, Mónaco, Holanda, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza, UK, Uruguay, Venezuela, EEUU y Canadá.).
2.5 El establecimiento de llamada será gratuito y la facturación se realizará por segundos. Se establecerá una cantidad máxima como límite de llamadas. Las llamadas que superen dicha cantidad se abonarán utilizando la tarificación normal. Lo no consumido en un mes no se acumula para el siguiente período.
2.6 Traspasados los límites de Tarifa Plana Nacional e Internacional, se tarificarán según la tarifa vigente, que se puede consultar en www.redipo.es.
3.1 IPOnet facturará al CLIENTE las cantidades que éste deba abonar por la prestación del Servicio contratado, alta, instalación, adquisición de los equipos, descuentos, promociones y cualquier otro devengo especificado en el la hoja de toma de datos del presente contrato y/o en el parte técnico realizado al momento de la instalación. En las facturas presentadas al CLIENTE quedarán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por el Servicio prestado así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables.
3.2 Las cuotas mensuales se facturarán por meses anticipados y se calcularán por períodos completos de facturación, según los criterios de IPOnet a este respecto, y a prorrata de los días que transcurran desde la fecha de prestación del Servicio hasta el inicio del primer período completo de facturación.
3.3 El CLIENTE deberá hacer efectivo el pago los días 10 de cada mes, mediante domiciliación bancaria en la cuenta corriente que éste haya designado.
3.4 En caso impago, las cantidades adeudadas, incluidos los gastos de devolución o del impago ocasionados a IPOnet devengarán, desde la fecha que debieron ser abonados, interés al tipo legal de referencia más dos puntos porcentuales, sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento y que podrán suponer incluso la suspensión temporal o definitiva en los términos previstos en la condición 6.
3.5 El Cliente autoriza a IPOnet a través de la Hoja de Toma de Datos a emitir la factura en formato electrónico, salvo que el cliente especifique lo contrario. En el supuesto de haber solicitado la emisión de su factura en soporte electrónico, dicha factura se realizará a través de medios electrónicos que garanticen la autenticidad del origen y la integridad del documento de la factura. La factura electrónica tendrá los mismos efectos jurídicos que la factura en soporte papel y estará a disposición del CLIENTE mensualmente a través del correo que haya facilitado a IPOnet en la Hoja de pedido. No obstante, el CLIENTE en cualquier momento, podrá solicitar a IPOnet, a través de una solicitud realizada al Número de Atención al CLIENTE o del Área CLIENTE de la web: www.redipo.es o escribir a attcliente@redipo.es, para recibir sus facturas en soporte Papel. El cambio de soporte se realizará a partir de la emisión de la siguiente factura.
IPOnet podrá solicitar al cliente cualesquier información/documentación que considere necesarios para evaluar el riesgo en la contratación del cliente, tales como recibos de otros prestadores de servicio, nóminas, etc. La negativa a la aportación de dicha documentación puede conllevar la no contratación del servicio. Igualmente, IPOnet podrá exigir al CLIENTE, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del Contrato, la constitución de un depósito de garantía y/o el establecimiento de un límite máximo de consumo por línea cuando: a) el CLIENTE hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos, c) el CLIENTE de Servicio a equipos terminales de uso público para su explotación por terceros en establecimientos públicos o presta Servicio de tarificación adicional. En el caso del depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario, a elección del CLIENTE. El requerimiento de constitución del depósito se hará por cualquier medio que deje constancia de la recepción por el CLIENTE, con una antelación mínima de quince (15) días a su constitución. Si el depósito no se constituye, IPOnet podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio (y dar de baja al CLIENTE si no constituye el depósito pasados 10 días desde el segundo requerimiento). La devolución de los depósitos se producirá: en el supuesto b) cuando quede acreditado que en un año no ha existido ningún retraso en el pago; en el supuesto c) al año si no se ha impagado ningún recibo, si no, se mantendrá hasta que se liquiden íntegramente todas las deudas; en el caso de los prestadores de Servicios de tarificación adicional, cuando se determine en el Contrato tipo, si el titular no ha dejado de pagar ningún recibo, si no cuando se liquiden las deudas. En el resto de los casos se devolverá tan pronto como IPOnet tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas. Si el CLIENTE con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su abono, IPOnet podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del abonado. Si el CLIENTE hubiera pagado todos los recibos, el depósito se devolverá íntegramente. IPOnet contará con un plazo de quince (15) días para devolver el depósito desde el día siguiente a aquel en el que se cumplan las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.1 El CLIENTE podrá indicar en la hoja de toma de datos del presente contrato su compromiso a mantener contratado el Servicio mediante un determinado periodo de tiempo como consecuencia de la obtención de ventajas, descuentos o equipamiento a precio promocional.
5.2 El período de permanencia en el servicio se establece con base a la financiación a la que se accede en la adquisición de los equipos y en el pago de cuota de instalación. El coste total de los equipos y la instalación se prorratea en cuotas mensuales. Dichas cuotas se obtienen dividiendo el coste total de equipo e instalación y la cantidad total de meses de permanencia (12 meses) indicadas por el cliente en la hoja de toma de datos del presente contrato, pagaderos en la factura mensual durante los 12 primeros meses de contrato.
5.3 El coste de las 12 cuotas prorrateadas serán asumidas íntegramente por IPOnet durante el periodo de permanencia, siempre y cuando el Cliente mantenga vigente el presente contrato de servicio por 12 meses.
5.4 El incumplimiento del período de permanencia y en definitiva, la resolución del contrato por cualquier causa antes de finalizados los citados 12 meses comportará la aplicación de una penalización. Si se resolviera el contrato antes de finalizar el período de 12 meses de alguno de los servicios contratados, deberá abonar de una sola vez antes de producirse de forma efectiva la resolución la cantidad íntegra del coste de la instalación y los equipos (router) reseñados en la hoja de toma de datos, en lo que sería el vencimiento anticipado de la financiación o subvención de la instalación y los equipos. Los compromisos de permanencia si fuera el caso, se encuentran recogidos en la oferta comercial dirigida al Cliente, disponibles en la Web www.redipo.es
6.1 Telefonía Fija. El retraso en el pago total o parcial por el CLIENTE durante un plazo superior a un mes (01) desde la fecha de emisión de la factura facultará a IPONET a suspender temporalmente dicho servicio de telefonía con las únicas limitaciones establecidas en la normativa aplicable. Para tales efectos, se preavisará al cliente y la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión temporal del servicio contratado. IPOnet restablecerá el Servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe adeudado ha sido satisfecho. Dicha suspensión no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes. Si transcurridos tres (3) meses desde la fecha de emisión de la factura no se ha abonado el importe pendiente, IPOnet podrá proceder a la suspensión definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato, sin perjuicio del derecho que dispone IPOnet a reclamar la cantidad impagada, junto con los intereses y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar. También procederá la suspensión definitiva del Servicio y resolución del Contrato en caso de suspenderse temporalmente el Servicio, en dos ocasiones, por mora en el pago correspondiente. La interrupción definitiva se comunicará y llevará a cabo en la forma prevista para la suspensión temporal del Servicio.
6.2. Otros Servicios. En relación con los demás servicios se podrá suspender de forma temporal el servicio objeto de impago desde el momento en el que conozca tal hecho. La suspensión sólo afectará al servicio respecto a cuyo pago se haya incurrido en mora. La suspensión de los servicios no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cantidades independientes del tráfico que puedan devengarse y que se correspondan con el servicio contratado. Se restablecerá el servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo. Transcurrido un (1) mes desde la fecha de emisión de la factura no se ha abonado el importe pendiente, IPOnet podrá proceder a la suspensión definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato, sin perjuicio del derecho que dispone IPOnet a reclamar la cantidad impagada, junto con los intereses y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar. También procederá la suspensión definitiva del Servicio y resolución del Contrato en caso de suspenderse temporalmente el Servicio, en dos ocasiones, por mora en el pago correspondiente.
6.3 IPOnet podrá suspender también la prestación cualesquiera de los servicios o incluso partes de un servicio (ej. sólo las llamadas internacionales) desde el mismo momento que detecte la posibilidad de que se esté produciendo o se vaya a producir un fraude y/o irregular utilización del servicio, ya sea por parte del cliente o de un tercero que por cualesquiera medios tenga acceso a hacer uso del servicio del cliente. En estos casos, cabrá igualmente la posibilidad de que se adelante el ciclo y fecha de facturación para que IPOnet emita una factura de inmediato incluso antes de la suspensión del servicio.
6.4 Derecho a la Desconexión de Determinados Servicios. El CLIENTE en relación al servicio de telefonía, tendrá derecho a la desconexión de las llamadas internacionales y de los servicios de tarificación adicional, mediante comunicación escrita, haciendo uso de cualquiera de estas formas de comunicación: correo ordinario/postal (IPONET Comunicaciones, S.L. B54172135 Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España) o por correo electrónico (administracion@redipo.es); con un preaviso de 15 días hábiles.
6.5 Derecho a suspender temporalmente el servicio de telefonía fija. El CLIENTE tiene derecho a solicitar de IPOnet la suspensión temporal del servicio de telefonía fija por un período determinado que no será menor de un mes ni superior a tres meses. El período no podrá exceder, en ningún caso, de 90 días por año natural. El cliente deberá solicitar dicha suspensión temporal con un mínimo de quince días de antelación a la fecha de su efectividad. Dicha suspensión temporal implicará la facturación inmediata del saldo pendiente, que deberá ser satisfecho en la misma forma y condiciones que las previstas en la cláusula 3 del presente Contrato. Además, se aplican las siguientes condiciones:
6.5.1 El cliente deberá estar al corriente de TODOS los pagos (de todas las facturas emitidas hasta la fecha de solicitud, incluidas las no vencidas);
6.5.2 Solicitar la suspensión temporal por escrito, haciendo uso de cualquiera de estas formas de comunicación: correo ordinario/postal (IPONET Comunicaciones, S.L. B54172135 Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España) o por correo electrónico (administracion@redipo.es).
7.1 IPOnet se compromete a prestar el Servicio conforme a los compromisos de calidad exigidos por la normativa vigente que fueran de aplicación como prestador del Servicio y conforme a lo dispuesto en las presentes condiciones generales y en las específicas de cada uno de los Servicios. Además tiene la opción de recurrir, siempre que lo haya contratado previamente, a nuestro Servicio de asistencia técnica si detecta alguna anomalía o deficiencia.
7.2 El CLIENTE acepta que IPOnet realice en cualquier momento y previo aviso, grabaciones de las conversaciones que tenga con el Servicio de Atención al Cliente o Servicio Técnico, con el sólo fin de dejar constancia de las acciones efectuadas y de cuidar la calidad del Servicio.
7.3 La velocidad de descarga y subida establecida para el acceso a internet en cualquiera de las modalidades elegidas se considera "hasta", y está sujeta a determinadas circunstancias relacionadas a la dependencia del equipo utilizado por el usuario (tanto si utiliza la conexión mediante cable Ethernet o un router wireless) y el servidor desde el cual se realiza la descarga o hacia el que se está enviando información soporte dicha velocidad. La velocidad también está sujeta a disponibilidad geográfica en atención a la utilización de Tecnología de fibra óptica.
8.1 Cuando, durante un período de facturación, un CLIENTE sufra interrupciones temporales del Servicio telefónico contratado, IPOnet tras analizar el problema le indemnizará si corresponde (empezando a contar los plazos desde el momento en que el CLIENTE informa a los Servicios de Atención al Cliente la existencia de la incidencia) con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
a.- El promedio del importe facturado por dicho Servicio durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b.- Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
Se le indemnizará de forma automática en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga una indemnización por importe superior a un euro. Si el importe de la indemnización no es superior a un euro, únicamente se efectuará la devolución por reclamación del CLIENTE.
Se entiende por "tiempo de interrupción del Servicio" la suma de tiempos transcurridos, a lo largo de un período de facturación, desde el instante en que el CLIENTE informa a los Servicios de Atención al Cliente de la existencia de la incidencia hasta el momento en que IPOnet le comunica el restablecimiento del Servicio a su normal funcionamiento.
8.2 En el supuesto de que se produzcan interrupciones temporales del Servicio de acceso a Internet imputables a IPOnet, éste deberá compensar al CLIENTE con la devolución de la cuota mensual correspondiente a este Servicio, prorrateada por el tiempo que hubiera durado la interrupción. Se le indemnizará de forma automática en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga una indemnización por importe superior a un euro. Si el importe de la indemnización no es superior a un euro, únicamente se efectuará la devolución por reclamación del CLIENTE.
8.3 Cuando la interrupción temporal sea debido a causas de fuerza mayor, IPOnet se limitará a compensar al CLIENTE mediante la devolución del importe de la cuota de abono del Servicio, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción, con exclusión de cualquier otra indemnización.
8.4 IPOnet no indemnizará al CLIENTE cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave del CLIENTE de las condiciones contractuales.
b) Daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo con la normativa vigente.
c) Por interrupción del Servicio para hacer labores de mantenimiento o actualización de las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.
d) La discontinuidad en el Servicio causada por la introducción por el CLIENTE de elementos de Hardware o Software que provoquen un mal funcionamiento en general de su equipo informático o que resulten incompatibles con los elementos precisos en dicho equipo para el acceso a Internet a través del Servicio.
e) La interrupción del Servicio motivada por averías identificadas en el tramo de red de acceso no perteneciente a IPOnet (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones y Red de Cliente).
f) La indisponibilidad del Servicio motivada por cualquier avería en la línea telefónica interior del CLIENTE sobre la que se soporte el Servicio cuando la avería sea debida por causa imputable al CLIENTE o a un tercero ajeno a IPOnet.
g) La indisponibilidad del Servicio motivada por cualquier problema en la configuración y funcionamiento del Módem / Router o cualquier otro equipamiento asociado a la prestación del Servicio, cuando la pérdida de la configuración o el fallo de funcionamiento sea debido a causa imputable al CLIENTE o a cualquier tercero ajeno a IPOnet.
h) La pérdida de conectividad debida a cualquier problema con el suministro de la energía eléctrica.
8.5 A efecto de lo dispuesto en los apartados 8.1 y 8.2, cuando la cuota mensual comprenda tanto el Servicio telefónico como el acceso a Internet, se considerará que el precio de la misma corresponde al 80% servicio de Internet y 20% servicio telefónico.
8.6 Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula, la responsabilidad de IPOnet no comprenderá, en ningún caso, compensación por perjuicios a personas, daños a la propiedad o pérdidas económicas, en especial, el lucro cesante o cualquier otro daño o perjuicio emergente que como consecuencia de deficiencias en el Servicio pudiera sufrir el CLIENTE.
Para la determinación de los usuarios afectados se estará estrictamente a lo dispuesto en la normativa aplicable.
9.1 CLIENTE se obliga a:
a) Cumplir con las obligaciones de pago en los términos previstos en la cláusula tres. El CLIENTE no quedará exonerado de su obligación de pago aunque el Servicio hubiera sido utilizado por persona no autorizada por él.
b) Cumplir con las instrucciones que IPOnet le transmita con relación al Servicio.
c) Facilitar a IPOnet toda aquella información que, según el criterio de ésta, sea relevante para la solución de cualquier tipo de incidencia relacionada con el Servicio.
d) El CLIENTE declara que destinará la utilización del Servicio exclusivamente a su propio uso, quedando expresamente prohibida la reventa del mismo a terceros, salvo autorización expresa por escrito de IPOnet. Igualmente, autoriza de forma expresa a IPONET o al tercero que esta designe el acceso a su domicilio para realizar labores de instalación, desinstalación, mantenimiento, resolución de incidencias, etc., relacionadas con la prestación del servicio y sus equipos.
e) No ceder su posición en este Contrato a un tercero salvo autorización expresa por escrito de IPOnet.
f) El CLIENTE se compromete a utilizar el Servicio de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como abstenerse de utilizar el Servicio con fines ilícitos, prohibidos en las presentes Condiciones Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier otra forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los Servicios o equipos informáticos de otros CLIENTES o usuarios.
El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de estas cláusulas dará lugar a la resolución del Contrato sin que el CLIENTE tenga derecho a compensación alguna.
9.2 IPOnet se obliga a:
a) A la prestación del servicio conforme a los términos establecidos en este acuerdo.
b) Informar al CLIENTE, con un mes de antelación, de la variación de las condiciones de prestación del Servicio.
c) Garantizar el secreto de las comunicaciones quedando exonerada de toda responsabilidad en la obtención por el CLIENTE o terceros de grabaciones o de cualquier vulneración del secreto que no le sea imputable por obtenerse fuera del control que pueda llevar a cabo IPOnet.
El CLIENTE podrá formular, a través de la dirección de correo electrónico attcliente@redipo.es o bien mediante escrito dirigido a la dirección del Servicio de Atención al Cliente en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España, sus quejas o reclamaciones, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de no ser atendida la reclamación de que se trate en el plazo de un mes, el CLIENTE que sea persona física podrá reproducirla ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a través del número 901.336.699 o la web www.usuariosteleco.es. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento de reclamación se regirá por la normativa vigente en cada momento. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras la reclamación se esté substanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado. La interposición de reclamaciones no supone retraso en el pago de las cantidades que el CLIENTE está obligado a satisfacer.
11.1 En cumplimiento de lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 y demás normativa de desarrollo, el Cliente queda informado de que los datos personales a los que IPOnet tenga acceso como consecuencia de la prestación del Servicio, serán tratados por IPOnet con las siguientes finalidades: (i) prestar y gestionar los servicios solicitados en cada momento, (ii) desarrollar acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por IPOnet, por empresas del Grupo de Iponet del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia de la relación contractual, así como el envío de las mismas por cualquier medio de comunicación electrónica (para lo indicado en este apartado deberá dar su consentimiento explícito mancando la opción correspondiente en la hoja de toma de datos de este contrato). Del mismo modo, el Cliente consiente expresamente el tratamiento de sus datos de tráfico y facturación, de conformidad con lo dispuesto con el art. 65.3 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios, para la prestación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios. Asimismo, el Cliente consiente a IPOnet la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo de IPONET del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero (www.redipo.es) y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas. Sus datos se mantendrán mientras no se solicite su supresión por parte del CLIENTE. El Cliente podrá revocar todos los consentimientos anteriormente otorgados en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose a IPOnet por cualquier medio de los indicados en la condición 10 del presente Contrato, con la referencia “Protección de Datos”, salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose a IPOnet por cualquier medio de los indicados en el párrafo anterior. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose, por cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción a IPOnet a la dirección indicada en esta cláusula. Además, tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente en materia de Protección de Datos. En caso de tener que ponerse en contacto con nuestro delegado de protección de datos lo puede realizar en la siguiente dirección de correo: rgpd@redipo.es
11.2 Para el caso de que para la prestación del servicio principal o complementario, sea necesaria la utilización de contraseñas, login, etc., los mismos serán personales e intransferible para el CLIENTE, siendo éste responsable de la custodia de dichos instrumentos de acceso, así como del uso no responsable que del mismo se realice.
11.3 El impago del Servicio contratado por el CLIENTE, facultará a IPOnet, a comunicar este extremo a los Servicios y entidades de información sobre solvencia patrimonial y crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto. La duración de este tratamiento se efectuará incluso una vez se haya terminado el presente Contrato excepto para aquellas finalidades que devengan inaplicables tras la finalización del mismo. No obstante, el CLIENTE podrá revocar el consentimiento otorgado en cualquier momento de conformidad con lo establecido en esta cláusula. El CLIENTE autoriza el tratamiento y comunicación de sus datos en la forma establecida en este párrafo, teniendo este consentimiento siempre carácter revocable sin efectos retroactivos.
11.4 Se informa al CLIENTE de su facultad de ejercer en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto dirigiendo un escrito a la dirección Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España.
11.5 En virtud del principio de calidad de datos, el CLIENTE se obliga a comunicar por escrito a IPOnet cualesquiera errores que pudiera apreciar en sus datos personales y/o facturación del Servicio, mediante escrito enviado a IPOnet por correo certificado con acuse de recibo o cualquier otro medio que permita tener constancia de la recepción por parte de IPOnet, a fin de que se proceda a rectificar los datos y/o facturación. En caso de no ejercer el derecho de rectificación de la forma descrita, ambas partes considerarán que los datos que obran en los sistemas de la compañía son ciertos a todos los efectos.
11.6 Para el caso de que para la prestación del servicio principal o complementario, sea necesaria la utilización de contraseñas, login, etc., los mismos serán personales e intransferible para el CLIENTE, siendo éste responsable de la custodia de dichos instrumentos de acceso, así como del uso no responsable que del mismo se realice.
12.1 IPOnet podrá modificar:
a) Las características que presenta el Servicio ofrecido en el momento actual cuando existan razones que justifiquen dicha modificación.
b) El Contrato cuando así lo exija la normativa vigente o por motivos técnicos, operativos y económicos del Servicio.
Estas modificaciones serán comunicadas al CLIENTE con treinta (30) días de antelación a la fecha prevista para aplicar la modificación correspondiente, pudiendo en estos casos ejercer el Cliente su derecho a la resolución del Contrato, transcurrido dicho plazo sin que IPOnet haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones.
12.2 La modificación por IPOnet de las condiciones contractuales facultará al CLIENTE a darse de baja en el Servicio afectado o a solicitar la resolución del Contrato no dando lugar a penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones, siempre y cuando IPOnet reciba la petición de baja o de resolución del contrato dentro del mes siguiente a la comunicación de las nuevas condiciones contractuales, sin perjuicio del cumplimiento por ambas partes de las obligaciones surgidas con anterioridad a la solicitud de baja o fecha de resolución.
12.3 La última versión del Contrato podrá consultarse en las oficinas comerciales de IPOnet y en la página web: www.redipo.es.
13.1 El presente Contrato, tendrá una duración de 24 meses, con la excepción reconocida en el artículo 71.3 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, siempre que el cliente lo acepte expresamente. Una vez que se cumpla su vigencia, dichos contratos quedan prorrogados automáticamente por el mismo periodo. Antes o después de la prórroga, el cliente gozará de ese mismo derecho de rescisión en cualquier momento sin contraer ningún coste salvo el de las cantidades adeudadas hasta la fecha o cualquier penalización por permanencia. Esta duración inicial entrará en vigor a partir de la fecha de activación del Servicio. El cliente podrá manifestar su intención de extinguirlo en cualquier momento, comunicándolo con quince (15) días de antelación a la fecha prevista de duración inicial.
13.2 El presente Contrato podrá resolverse, a petición de cualquiera de las Partes, por las causas generalmente admitidas en Derecho, por las previstas en estas Condiciones y, expresamente, por las siguientes:
a) Por petición expresa de cualquiera de la partes, previa comunicación a la otra por escrito con una antelación mínima de treinta (30) días naturales, en caso de que sea el CLIENTE quien decida resolverlo, y treinta (30) días, en caso de IPOnet, respecto a la fecha en que ha de surtir efecto.
b) Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes y, en especial, por la falta o demora en el pago.
c) Por imposibilidad técnica de la prestación del Servicio.
d) Por circunstancias de fuerza mayor.
13.3 El CLIENTE podrá darse de baja a través de las siguientes vías:
- Por comunicación escrita remitida por correo con dos días de antelación a la fecha de extinción, al domicilio de IPOnet, sito en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España adjuntando copia del D.N.I, C.I.F o de otra documentación acreditativa de su personalidad.
- Por fax al número 966.078.101, indicando sus datos personales y una copia de su D.N.I, C.I.F o de otra documentación acreditativa de su personalidad.
- Por correo electrónico a la siguiente dirección: bajas@redipo.es
13.4 En ningún caso la resolución del presente Contrato exonerará al Cliente de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto, como por ejemplo las penalizaciones contraídas al asumir la condición de Permanencia.
14.1 Los equipos facilitados por IPOnet para la prestación del servicio tales como: roseta óptica, cables de alimentación, decodificador de televisión, otros (en adelante EQUIPOS IPO) lo serán en régimen de alquiler; en este caso, el CLIENTE no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá cederlos o entregarlos a terceros, debiendo mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado. Quedan exceptuados aquellos contratos donde en su hoja de toma de datos se especifique la compra del router por parte del CLIENTE, pues, en este único caso, la propiedad del router la conserva dicho CLIENTE, e IPOnet será responsable únicamente de las garantías que exige la ley respecto de la compraventa de dicho tipo de equipos.
14.2 El CLIENTE es responsable de la custodia y correcta utilización de los EQUIPOS IPO, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse. En caso de daño, extravío, robo, hurto, desaparición, destrucción, o deterioro no derivado del uso ordinario, de todo o parte de los EQUIPOS IPO, el CLIENTE deberá comunicar tal suceso a IPOnet en el plazo de tres (3) días naturales.
14.3 El CLIENTE deberá indemnizar a IPOnet por un importe igual a la totalidad de los gastos derivados de la reparación de los EQUIPOS IPO deteriorados o averiados o, por la totalidad de su valor inicial a la suscripción del presente Contrato, en caso de daño, extravío, robo, hurto, desaparición, o destrucción, o de averías o deterioros imputables al CLIENTE no imputables a IPOnet que exijan una reparación cuyo coste supere el del equipo dañado, averiado o deteriorado.
14.4 IPOnet realizará el mantenimiento ordinario de los EQUIPOS IPO arrendados al CLIENTE. En caso de averías, si ésta fuese imputable a IPOnet, la comprobación, reparación o sustitución de los EQUIPOS IPO se efectuará sin cargo alguno para el CLIENTE. Si, por el contrario, la avería de los EQUIPOS IPO no fuera imputable a IPOnet, serán de cuenta del CLIENTE los costes que se generen por desplazamiento e intervención de los técnicos autorizados, siendo de aplicación las tarifas establecidas en cada momento por IPOnet. Asimismo, correrán a cargo del CLIENTE todos los costes y gastos generados por la reparación o sustitución, en su caso, de los EQUIPOS IPO que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por el CLIENTE o por cualquier técnico no autorizado por IPOnet, o utilizados por un fin distinto del establecido en las presentes Condiciones Generales.
14.5 En el caso de los equipos comprados por el CLIENTE como titular de estos equipos es responsable de la custodia y correcta utilización del mismo, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse. En caso de averías, serán de aplicación los términos de la garantía de dichos equipos, debiendo sufragar aquellas tarifas establecidas en cada momento por IPOnet para el caso de que personal técnico deba repararlos, salvo que dicha avería sea imputable a IPOnet. Asimismo, correrán a cargo del CLIENTE todos los costes y gastos generados por la reparación o sustitución de éstos equipos, que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por el CLIENTE o por cualquier técnico no autorizado por IPOnet, o utilizados por un fin distinto del establecido en las presentes Condiciones Generales.
14.6 En caso de resolución del presente Contrato, y salvo que los equipos hayan sido comprados por el Cliente, el CLIENTE deberá, en el plazo de cinco (5) días naturales desde la fecha efectiva de resolución, devolver a IPOnet los EQUIPOS IPO en perfecto estado estético y de funcionamiento. A tal fin, el CLIENTE deberá entregar los EQUIPOS IPO, acordando con IPONET el medio de recogida a través de su Servicio de Atención al Cliente.
14.7 En caso de que el CLIENTE no proceda a la devolución de los EQUIPOS IPO en el plazo señalado en el apartado anterior, IPOnet estará facultada para exigirle al CLIENTE, la cantidad de doscientos (300) euros en concepto de cláusula penal.
14.8 Lo establecido en los apartados precedentes se entiende sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que por cualquier causa incluida la reclamación de daños y perjuicios asistan a IPOnet como propietaria de los EQUIPO IPO.
14.7 Para aquellos casos en que se contrate expresamente por el CLIENTE la instalación de todos los equipos, se entenderá que mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE autoriza la entrada en su domicilio a los técnicos de IPOnet con la finalidad de llevar a cabo el citado Servicio.
Los citados equipos incluyen los siguientes materiales:
- Roseta Óptica
- Cable 20 metros de fibra óptica
- Cable alimentación eléctrica estándar europeo.
- Router Wireless de fibra óptica (ONT) 04 puertos RJ45 y 02 puertos de teléfono RJ-11.
- Decodificador de televisión y mando a distancia.
15.1 La instalación engloba únicamente una roseta óptica, un cableado superficial en el interior del lugar de instalación, como máximo de 20 metros de cable de red y una conexión a un equipo informático. Cualquier elemento o instalación necesaria fuera de estos parámetros conllevará la obligación un pago adicional por parte del cliente para lo cual IPOnet realizará el correspondiente presupuesto. El pago será mediante ingreso bancario a un número de cuenta designado por IPOnet o realizando un pago con tarjeta llamando al teléfono 966.078.100 en su horario de atención. IPOnet activará el servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe de la instalación ha sido satisfecho.
15.2 El coste de la instalación y los equipos (router) estará detallado en el apartado otros del presente contrato desglosados en la Hoja de Toma de Datos. El pago por concepto de instalación y equipo se podrá efectuar bajo dos modalidades:
a) De una vez en un pago único, a efectuarse en el momento de la instalación, mediante ingreso bancario a un número de cuenta designado por IPOnet o realizando un pago con tarjeta llamando al teléfono 966.078.100 en su horario de atención. IPOnet activará el servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe de la instalación ha sido satisfecho, o,
b) Mediante el prorrateo en 12 meses según las cuotas por mes indicadas en la hoja de toma de datos, y siempre y cuando el cliente permanezca en el servicio dicho período, y teniendo en cuenta lo establecido en la condición 5 del presente contrato, de forma que si se produce la resolución del contrato por cualquier causa, éste vendrá obligado a pagar de una vez de forma inmediata las cuotas que quedarán por abonar.
15.3 Asistencia Técnica in situ en caso de avería de los EQUIPOS IPO y el router situados en el domicilio indicado en la hoja de toma de datos y siempre y cuando sea titular el cliente indicado en la hoja de Toma de datos. Si el cliente quiere utilizar este servicio, deberá de hacerlo en horario laboral de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes llamando al número de teléfono 966.078.100 o vía e-mail a la dirección soporte@redipo.es. Se le responderán a sus requerimientos tan pronto sea posible durante el horario laboral.
15.4 Cualquier operación de mantenimiento o arreglo de avería derivadas de actuaciones u omisiones dolosas o culposas del Cliente o terceros conllevará la obligación de pago del correspondiente presupuesto de desplazamiento, material y horas de trabajo.
16.1 El Servicio contratado por el CLIENTE se regirá por las condiciones anteriormente establecidas y por las específicas de cada Servicio, prevaleciendo estas últimas sobre las anteriores en caso de contradicción. Además el CLIENTE contrata con IPOnet con sujeción al régimen que en cada momento establezca la normativa vigente española aplicable a los Servicios prestados por IPOnet. IPOnet y el CLIENTE con renuncia expresa a cualquier otro fuero, sometiéndose en caso de conflicto a lo marcado en la legislación vigente aplicable para cualquier controversia que pudiera derivarse del presente contrato.
16.2 En caso de que el usuario tenga su domicilio fuera de España, IPOnet y el CLIENTE se someten, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, a lo marcado en la legislación vigente aplicable. Finalmente, en caso de duda o contradicción, siempre prevalecerá la versión española de cualquier cláusula de este contrato.
17.1 IPOnet no asume responsabilidad alguna derivada de la pérdida, deterioro o mal uso del Servicio por el CLIENTE o por cualquier tercero, no participando en ningún caso en el contenido de las comunicaciones.
17.2 El presente contrato podrá ser modificado por IPOnet, previa comunicación al CLIENTE, con una antelación de un mes con indicación de la fecha de entrada en vigor de la modificación anunciada. En caso de disconformidad con la modificación propuesta, el CLIENTE podrá comunicar a IPOnet su voluntad de resolver el contrato. La utilización del Servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada por IPOnet se considerará expresión de su aceptación por el CLIENTE.
17.3 Si cualquier cláusula de este Contrato fuese declarada por un tribunal competente, total o parcialmente nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, y no perjudicará a la validez de las restantes, que conservará su fuerza vinculante, subsistiendo el Contrato en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.
17.4 IPOnet podrá comunicarse con el cliente en relación a cualquier circunstancia del presente contrato, incluidas comunicaciones sobre suspensión del servicios, mediante el envío de SMS al número móvil indicado en el Apartado Datos del cliente.
17.5. El Cliente se compromete a no suministrar datos falsos, inexactos o no vigentes, y en particular, a no suplantar la personalidad de ningún tercero. El Cliente responderá de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que el incumplimiento de estas obligaciones pueda conllevar. En todo caso, IPOnet se reserva el derecho de aceptar o rechazar libremente la solicitud de registro y prestación del Servicio realizada por el CLIENTE.
17.6 Los servicios prestados amparados en el presente contrato sólo podrán prestarse y recibirse a través de los equipos comprados a IPOnet o cedidos por IPOnet
1.1 IPOnet Comunicaciones S.L.U con CIF Nº B-54172135 y domicilio social en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España (en adelante IPOnet). Por el presente Contrato, y en su caso, por medio de los Anexos que puedan incorporarse al mismo y que formarán parte integrante del mismo, la persona física o jurídica (en adelante el CLIENTE) cuyos datos se indican en el apartado "Cliente", se abona a uno o más Servicios (en adelante Servicio) ofertados por IPOnet a través de Fibra Óptica, cuyas características se especifican en la hoja de toma de datos del presente Contrato y que el CLIENTE declara conocer y aceptar.
1.2 IPOnet deberá satisfacer toda solicitud de conexión inicial del Servicio dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de recepción del Contrato, plazo que podría ampliarse hasta 30 días naturales para determinadas zonas territoriales, salvo que mediaran impedimentos de fuerza mayor o imputable al CLIENTE o a cualquier tercero. IPOnet se reserva el derecho a no dar de alta una vez analizada la solvencia del CLIENTE, así como una vez analizada la cobertura geográfica y cumplimiento de parámetros técnicos del servicio en el domicilio del CLIENTE. Los Servicios se prestarán al CLIENTE en calidad de consumidor final, para su uso exclusivo en su domicilio. En ningún caso podrá el CLIENTE revender o distribuir el Servicio a terceros.
1.3 En caso de que el Cliente contrate el Servicio Telefónico Fijo éste se prestará sobre la línea asociada al servicio de Fibra Óptica de IPOnet. Además, IPOnet informa al Cliente que los servicios Premium, las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional están desactivados. A estos efectos, el Cliente deberá comunicar a IPOnet, mediante petición escrita al siguiente correo: attcliente@redipo.es o por fax al número 966.078.101, su intención de activar dichos servicios. Previa a la activación de dichos servicios IPOnet podrá llevar a cabo una evaluación de riesgo y en virtud de la misma negar la activación de los mencionados servicios.
2.1 El CLIENTE pagará el precio del Servicio resultante de la aplicación de las tarifas vigentes en cada momento para cada tipo de Servicio. El CLIENTE reconoce haber recibido y conocer las tarifas vigentes en el momento de la utilización del Servicio que, junto a sus modificaciones, formarán parte integrante del mismo. El CLIENTE podrá obtener información de las tarifas a través de la página web www.redipo.es o en el número de Atención al Cliente 966.078.100.
2.2 Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al CLIENTE con al menos un mes de antelación a la fecha de entrada en vigor, así como a las autoridades y organismos competentes de conformidad con la normativa aplicable. La modificación de las tarifas dará derecho al CLIENTE a resolver el Contrato (Condición 12).
2.3 Los precios indicados para los servicios siempre se consideraran con impuestos indirectos incluidos.
2.4 La telefonía fija comprenderá una Tarifa Plana que incluye una cantidad limitadas de minutos para realizar llamadas a teléfonos fijos locales, provinciales, interprovinciales y nacionales, así como una cantidad de minutos limitados para realizar llamadas a móviles nacionales. No están incluidas las llamadas internacionales. Las llamadas internacionales están sujetas a una tarificación distinta. El establecimiento de llamada será gratuito y la facturación se realizará por segundos. Se establecerá una cantidad máxima como límite de llamadas. Las llamadas que superen dicha cantidad se abonarán utilizando la tarificación normal. Lo no consumido en un mes no se acumula para el siguiente período.
2.5 Traspasados los límites de Tarifa Plana, se tarificarán según la tarifa vigente, que se puede consultar en www.redipo.es.
3.1 IPOnet facturará al CLIENTE las cantidades que éste deba abonar por la prestación del Servicio contratado, alta, instalación, adquisición de los equipos, descuentos, promociones y cualquier otro devengo especificado en el la hoja de toma de datos del presente contrato y/o en el parte técnico realizado al momento de la instalación. En las facturas presentadas al CLIENTE quedarán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por el Servicio prestado así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables.
3.2 Las cuotas mensuales se facturarán por meses anticipados y se calcularán por períodos completos de facturación, según los criterios de IPOnet a este respecto, y a prorrata de los días que transcurran desde la fecha de prestación del Servicio hasta el inicio del primer período completo de facturación.
3.3 El CLIENTE deberá hacer efectivo el pago los días 10 de cada mes, mediante domiciliación bancaria en la cuenta corriente que éste haya designado.
3.4 En caso impago, las cantidades adeudadas, incluidos los gastos de devolución o del impago ocasionados a IPOnet devengarán, desde la fecha que debieron ser abonados, interés al tipo legal de referencia más dos puntos porcentuales, sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento y que podrán suponer incluso la suspensión temporal o definitiva en los términos previstos en la condición 6.
3.5 El Cliente autoriza a IPOnet a través de la Hoja de Toma de Datos a emitir la factura en formato electrónico, salvo que el cliente especifique lo contrario. En el supuesto de haber solicitado la emisión de su factura en soporte electrónico, dicha factura se realizará a través de medios electrónicos que garanticen la autenticidad del origen y la integridad del documento de la factura. La factura electrónica tendrá los mismos efectos jurídicos que la factura en soporte papel y estará a disposición del CLIENTE mensualmente a través del correo que haya facilitado a IPOnet en la Hoja de pedido. No obstante, el CLIENTE en cualquier momento, podrá solicitar a IPOnet, a través de una solicitud realizada al Número de Atención al CLIENTE o del Área CLIENTE de la web: www.redipo.es o escribir a attcliente@redipo.es, para recibir sus facturas en soporte Papel. El cambio de soporte se realizará a partir de la emisión de la siguiente factura.
IPOnet podrá solicitar al cliente cualesquier información/documentación que considere necesarios para evaluar el riesgo en la contratación del cliente, tales como: recibos de otros prestadores de servicio, etc. La negativa a la aportación de dicha documentación puede conllevar la no contratación del servicio. Igualmente, IPOnet podrá exigir al CLIENTE, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del Contrato, la constitución de un depósito de garantía y/o el establecimiento de un límite máximo de consumo por línea cuando: a) el CLIENTE hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos, c) el CLIENTE de Servicio a equipos terminales de uso público para su explotación por terceros en establecimientos públicos o presta Servicio de tarificación adicional. En el caso del depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario, a elección del CLIENTE. El requerimiento de constitución del depósito se hará por cualquier medio que deje constancia de la recepción por el CLIENTE, con una antelación mínima de quince (15) días a su constitución. Si el depósito no se constituye, IPOnet podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio (y dar de baja al CLIENTE si no constituye el depósito pasados 10 días desde el segundo requerimiento). La devolución de los depósitos se producirá: en el supuesto b) cuando quede acreditado que en un año no ha existido ningún retraso en el pago; en el supuesto c) al año si no se ha impagado ningún recibo, si no, se mantendrá hasta que se liquiden íntegramente todas las deudas; en el caso de los prestadores de Servicios de tarificación adicional, cuando se determine en el Contrato tipo, si el titular no ha dejado de pagar ningún recibo, si no cuando se liquiden las deudas. En el resto de los casos se devolverá tan pronto como IPOnet tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas. Si el CLIENTE con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su abono, IPOnet podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del abonado. Si el CLIENTE hubiera pagado todos los recibos, el depósito se devolverá íntegramente. IPOnet contará con un plazo de quince (15) días para devolver el depósito desde el día siguiente a aquel en el que se cumplan las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
En su caso, el CLIENTE podrá indicar en la hoja de toma de datos del presente contrato su compromiso a mantener contratado el Servicio mediante un determinado periodo de tiempo como consecuencia de la obtención de ventajas, descuentos o equipamiento a precio promocional.
El período de permanencia en el servicio se establece con base a la financiación a la que se accede en la adquisición de los equipos y en el pago de cuota de instalación. El coste total de los equipos y la instalación se prorratea en cuotas mensuales. Dichas cuotas se obtienen dividiendo el coste total de equipo e instalación y la cantidad total de meses de permanencia (12 o 18 meses) indicadas por el cliente en la hoja de toma de datos del presente contrato, pagaderos en la factura mensual durante los 12 o 18 primeros meses de contrato. Por ello, si el cliente se diera de baja antes de finalizar el período de 12 o 18 meses de alguno de los servicios contratados, deberá abonar de una sola vez antes de producirse de forma efectiva la baja, la cantidad íntegra que restara por abonar (es decir, las cuotas no abonadas hasta la finalización del período de los 12 o 18 meses), del coste de equipos y demás elementos reseñados en esta hoja de toma de datos, en lo que sería el vencimiento anticipado de la financiación o subvención de los equipos y demás elementos.
6.1 Telefonía Fija. El retraso en el pago total o parcial por el CLIENTE durante un plazo superior a un mes 5.1 Telefonía Fija. El retraso en el pago total o parcial por el CLIENTE durante un plazo superior a un mes (01) desde la fecha de emisión de la factura facultará a IPONET a suspender temporalmente dicho servicio de telefonía con las únicas limitaciones establecidas en la normativa aplicable. Para tales efectos, se preavisará al cliente y la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión temporal del servicio contratado. IPOnet restablecerá el Servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe adeudado ha sido satisfecho. Dicha suspensión no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes. Si transcurridos tres (3) meses desde la fecha de emisión de la factura no se ha abonado el importe pendiente, IPOnet podrá proceder a la suspensión definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato, sin perjuicio del derecho que dispone IPOnet a reclamar la cantidad impagada, junto con los intereses y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar. También procederá la suspensión definitiva del Servicio y resolución del Contrato en caso de suspenderse temporalmente el Servicio, en dos ocasiones, por mora en el pago correspondiente. La interrupción definitiva se comunicará y llevará a cabo en la forma prevista para la suspensión temporal del Servicio.
6.2. Otros Servicios. En relación con los demás servicios se podrá suspender de forma temporal el servicio objeto de impago desde el momento en el que conozca tal hecho. La suspensión sólo afectará al servicio respecto a cuyo pago se haya incurrido en mora. La suspensión de los servicios no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cantidades independientes del tráfico que puedan devengarse y que se correspondan con el servicio contratado. Se restablecerá el servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo. Transcurrido un (1) mes desde la fecha de emisión de la factura no se ha abonado el importe pendiente, IPOnet podrá proceder a la suspensión definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato, sin perjuicio del derecho que dispone IPOnet a reclamar la cantidad impagada, junto con los intereses y los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar. También procederá la suspensión definitiva del Servicio y resolución del Contrato en caso de suspenderse temporalmente el Servicio, en dos ocasiones, por mora en el pago correspondiente.
6.3 IPOnet podrá suspender también la prestación cualesquiera de los servicios o incluso partes de un servicio (ej. sólo las llamadas internacionales) desde el mismo momento que detecte la posibilidad de que se esté produciendo o se vaya a producir un fraude y/o irregular utilización del servicio, ya sea por parte del cliente o de un tercero que por cualesquiera medios tenga acceso a hacer uso del servicio del cliente. En estos casos, cabrá igualmente la posibilidad de que se adelante el ciclo y fecha de facturación para que IPOnet emita una factura de inmediato incluso antes de la suspensión del servicio.
6.4 Derecho a la Desconexión de Determinados Servicios. El CLIENTE en relación al servicio de telefonía, tendrá derecho a la desconexión de las llamadas internacionales y de los servicios de tarificación adicional, mediante comunicación escrita, haciendo uso de cualquiera de estas formas de comunicación: correo ordinario/postal (IPONET Comunicaciones, S.L. B54172135 Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España) o por correo electrónico (administracion@redipo.es); con un preaviso de 15 días hábiles.
6.5 Derecho a suspender temporalmente el servicio de telefonía fija. El CLIENTE tiene derecho a solicitar de IPOnet la suspensión temporal del servicio de telefonía fija por un período determinado que no será menor de un mes ni superior a tres meses. El período no podrá exceder, en ningún caso, de 90 días por año natural. El cliente deberá solicitar dicha suspensión temporal con un mínimo de quince días de antelación a la fecha de su efectividad. Dicha suspensión temporal implicará la facturación inmediata del saldo pendiente, que deberá ser satisfecho en la misma forma y condiciones que las previstas en la cláusula 3 del presente Contrato. Además, se aplican las siguientes condiciones:
6.5.1 El cliente deberá estar al corriente de TODOS los pagos (de todas las facturas emitidas hasta la fecha de solicitud, incluidas las no vencidas);
6.5.2 Solicitar la suspensión temporal por escrito, haciendo uso de cualquiera de estas formas de comunicación: correo ordinario/postal (IPONET Comunicaciones, S.L. B54172135 Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España) o por correo electrónico (administracion@redipo.es);
7.1 IPOnet se compromete a prestar el Servicio conforme a los compromisos de calidad exigidos por la normativa vigente que fueran de aplicación como prestador del Servicio y conforme a lo dispuesto en las presentes condiciones generales y en las específicas de cada uno de los Servicios. Además tiene la opción de recurrir, siempre que lo haya contratado previamente, a nuestro Servicio de asistencia técnica si detecta alguna anomalía o deficiencia.
7.2 El CLIENTE acepta que IPOnet realice en cualquier momento y previo aviso, grabaciones de las conversaciones que tenga con el Servicio de Atención al Cliente o Servicio Técnico, con el sólo fin de dejar constancia de las acciones efectuadas y de cuidar la calidad del Servicio.
7.3 La velocidad de descarga y subida establecida para el acceso a internet en cualquiera de las modalidades elegidas se considera "hasta", y está sujeta a determinadas circunstancias relacionadas a la dependencia del equipo utilizado por el usuario (tanto si utiliza la conexión mediante cable Ethernet o un router wireless) y el servidor desde el cual se realiza la descarga o hacia el que se está enviando información soporte dicha velocidad. La velocidad también está sujeta a disponibilidad geográfica en atención a la utilización de Tecnología de fibra óptica.
8.1 Cuando, durante un período de facturación, un CLIENTE sufra interrupciones temporales del Servicio telefónico contratado, IPOnet tras analizar el problema le indemnizará si corresponde (empezando a contar los plazos desde el momento en que el CLIENTE informa a los Servicios de Atención al Cliente la existencia de la incidencia) con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes:
a.- El promedio del importe facturado por dicho Servicio durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. En caso de una antiüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b.- Cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
Se le indemnizará de forma automática en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga una indemnización por importe superior a un euro. Si el importe de la indemnización no es superior a un euro, únicamente se efectuará la devolución por reclamación del CLIENTE.
Se entiende por "tiempo de interrupción del Servicio" la suma de tiempos transcurridos, a lo largo de un período de facturación, desde el instante en que el CLIENTE informa a los Servicios de Atención al Cliente de la existencia de la incidencia hasta el momento en que IPOnet le comunica el restablecimiento del Servicio a su normal funcionamiento.
8.2 En el supuesto de que se produzcan interrupciones temporales del Servicio de acceso a Internet imputables a IPOnet, éste deberá compensar al CLIENTE con la devolución de la cuota mensual correspondiente a este Servicio, prorrateada por el tiempo que hubiera durado la interrupción. Se le indemnizará de forma automática en la factura correspondiente al período inmediato al considerado cuando la interrupción del Servicio suponga una indemnización por importe superior a un euro. Si el importe de la indemnización no es superior a un euro, únicamente se efectuará la devolución por reclamación del CLIENTE.
8.3 Cuando la interrupción temporal sea debido a causas de fuerza mayor, IPOnet se limitará a compensar al CLIENTE mediante la devolución del importe de la cuota de abono del Servicio, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción, con exclusión de cualquier otra indemnización.
8.4 IPOnet no indemnizará al CLIENTE cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave del CLIENTE de las condiciones contractuales.
b) Daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo con la normativa vigente.
c) Por interrupción del Servicio para hacer labores de mantenimiento o actualización de las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.
d) La discontinuidad en el Servicio causada por la introducción por el CLIENTE de elementos de Hardware o Software que provoquen un mal funcionamiento en general de su equipo informático o que resulten incompatibles con los elementos precisos en dicho equipo para el acceso a Internet a través del Servicio.
e) La interrupción del Servicio motivada por averías identificadas en el tramo de red de acceso no perteneciente a IPOnet (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones y Red de Cliente).
f) La indisponibilidad del Servicio motivada por cualquier avería en la línea telefónica interior del CLIENTE sobre la que se soporte el Servicio cuando la avería sea debida por causa imputable al CLIENTE o a un tercero ajeno a IPOnet.
g) La indisponibilidad del Servicio motivada por cualquier problema en la configuración y funcionamiento del Módem / Router o cualquier otro equipamiento asociado a la prestación del Servicio, cuando la pérdida de la configuración o el fallo de funcionamiento sea debido a causa imputable al CLIENTE o a cualquier tercero ajeno a IPOnet.
h) La pérdida de conectividad debida a cualquier problema con el suministro de la energía eléctrica.
8.5 A efecto de lo dispuesto en los apartados 8.1 y 8.2, cuando la cuota mensual comprenda tanto el Servicio telefónico como el acceso a Internet, se considerará que el precio de la misma corresponde al 80% servicio de Internet y 20% servicio telefónico.
8.6 Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula, la responsabilidad de IPOnet no comprenderá, en ningún caso, compensación por perjuicios a personas, daños a la propiedad o pérdidas económicas, en especial, el lucro cesante o cualquier otro daño o perjuicio emergente que como consecuencia de deficiencias en el Servicio pudiera sufrir el CLIENTE.
9.1 CLIENTE se obliga a:
a) Cumplir con las obligaciones de pago en los términos previstos en la cláusula tres. El CLIENTE no quedará exonerado de su obligación de pago aunque el Servicio hubiera sido utilizado por persona no autorizada por él.
b) Cumplir con las instrucciones que IPOnet le transmita con relación al Servicio.
c) Facilitar a IPOnet toda aquella información que, según el criterio de ésta, sea relevante para la solución de cualquier tipo de incidencia relacionada con el Servicio.
d) El CLIENTE declara que destinará la utilización del Servicio exclusivamente a su propio uso, quedando expresamente prohibida la reventa del mismo a terceros, salvo autorización expresa por escrito de IPOnet. Igualmente, autoriza de forma expresa a IPONET o al tercero que esta designe el acceso a su domicilio para realizar labores de instalación, desinstalación, mantenimiento, resolución de incidencias, etc., relacionadas con la prestación del servicio y sus equipos.
e) No ceder su posición en este Contrato a un tercero salvo autorización expresa por escrito de IPOnet.
f) El CLIENTE se compromete a utilizar el Servicio de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como abstenerse de utilizar el Servicio con fines ilícitos, prohibidos en las presentes Condiciones Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier otra forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los Servicios o equipos informáticos de otros CLIENTES o usuarios.
El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de estas cláusulas dará lugar a la resolución del Contrato sin que el CLIENTE tenga derecho a compensación alguna.
9.2 IPOnet se obliga a:
a) A la prestación del servicio conforme a los términos establecidos en este acuerdo.
b) Informar al CLIENTE, con un mes de antelación, de la variación de las condiciones de prestación del Servicio.
c) Garantizar el secreto de las comunicaciones quedando exonerada de toda responsabilidad en la obtención por el CLIENTE o terceros de grabaciones o de cualquier vulneración del secreto que no le sea imputable por obtenerse fuera del control que pueda llevar a cabo IPOnet.
El CLIENTE podrá formular, a través de la dirección de correo electrónico attcliente@redipo.es o bien mediante escrito dirigido a la dirección del Servicio de Atención al Cliente en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España, sus quejas o reclamaciones, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de no ser atendida la reclamación de que se trate en el plazo de un mes, el CLIENTE que sea persona física podrá reproducirla ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a través del número 901.336.699 o la web www.usuariosteleco.es. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento de reclamación se regirá por la normativa vigente en cada momento. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras la reclamación se esté substanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado. La interposición de reclamaciones no supone retraso en el pago de las cantidades que el CLIENTE está obligado a satisfacer.
11.1 En cumplimiento de lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 y demás normativa de desarrollo, el Cliente queda informado de que los datos personales a los que IPOnet tenga acceso como consecuencia de la prestación del Servicio, serán tratados por IPOnet con las siguientes finalidades: (i) prestar y gestionar los servicios solicitados en cada momento, (ii) desarrollar acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por IPOnet, por empresas del Grupo de Iponet del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia de la relación contractual, así como el envío de las mismas por cualquier medio de comunicación electrónica (para lo indicado en este apartado deberá dar su consentimiento explícito mancando la opción correspondiente en la hoja de toma de datos de este contrato). Del mismo modo, el Cliente consiente expresamente el tratamiento de sus datos de tráfico y facturación, de conformidad con lo dispuesto con el art. 65.3 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios, para la prestación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios. Asimismo, el Cliente consiente a IPOnet la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo de IPONET del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero (www.redipo.es) y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas. Sus datos se mantendrán mientras no se solicite su supresión por parte del CLIENTE. El Cliente podrá revocar todos los consentimientos anteriormente otorgados en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose a IPOnet por cualquier medio de los indicados en la condición 10 del presente Contrato, con la referencia “Protección de Datos”, salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose a IPOnet por cualquier medio de los indicados en el párrafo anterior. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose, por cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción a IPOnet a la dirección indicada en esta cláusula. Además, tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente en materia de Protección de Datos. En caso de tener que ponerse en contacto con nuestro delegado de protección de datos lo puede realizar en la siguiente dirección de correo: rgpd@redipo.es
11.2 Para el caso de que para la prestación del servicio principal o complementario, sea necesaria la utilización de contraseñas, login, etc., los mismos serán personales e intransferible para el CLIENTE, siendo éste responsable de la custodia de dichos instrumentos de acceso, así como del uso no responsable que del mismo se realice.
11.3 El impago del Servicio contratado por el CLIENTE, facultará a IPOnet, a comunicar este extremo a los Servicios y entidades de información sobre solvencia patrimonial y crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto. La duración de este tratamiento se efectuará incluso una vez se haya terminado el presente Contrato excepto para aquellas finalidades que devengan inaplicables tras la finalización del mismo. No obstante, el CLIENTE podrá revocar el consentimiento otorgado en cualquier momento de conformidad con lo establecido en esta cláusula. El CLIENTE autoriza el tratamiento y comunicación de sus datos en la forma establecida en este párrafo, teniendo este consentimiento siempre carácter revocable sin efectos retroactivos.
11.4 Se informa al CLIENTE de su facultad de ejercer en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto dirigiendo un escrito a la dirección Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España.
11.5 En virtud del principio de calidad de datos, el CLIENTE se obliga a comunicar por escrito a IPOnet cualesquiera errores que pudiera apreciar en sus datos personales y/o facturación del Servicio, mediante escrito enviado a IPOnet por correo certificado con acuse de recibo o cualquier otro medio que permita tener constancia de la recepción por parte de IPOnet, a fin de que se proceda a rectificar los datos y/o facturación. En caso de no ejercer el derecho de rectificación de la forma descrita, ambas partes considerarán que los datos que obran en los sistemas de la compañía son ciertos a todos los efectos.
11.6 Para el caso de que para la prestación del servicio principal o complementario, sea necesaria la utilización de contraseñas, login, etc., los mismos serán personales e intransferible para el CLIENTE, siendo éste responsable de la custodia de dichos instrumentos de acceso, así como del uso no responsable que del mismo se realice.
12.1 IPOnet podrá modificar:
a) Las características que presenta el Servicio ofrecido en el momento actual cuando existan razones que justifiquen dicha modificación.
b) El Contrato cuando así lo exija la normativa vigente o por motivos técnicos, operativos y económicos del Servicio.
Estas modificaciones serán comunicadas al CLIENTE con treinta (30) días de antelación a la fecha prevista para aplicar la modificación correspondiente, pudiendo en estos casos ejercer el Cliente su derecho a la resolución del Contrato, transcurrido dicho plazo sin que IPOnet haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones.
12.2 La modificación por IPOnet de las condiciones contractuales facultará al CLIENTE a darse de baja en el Servicio afectado o a solicitar la resolución del Contrato no dando lugar a penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones, siempre y cuando IPOnet reciba la petición de baja o de resolución del contrato dentro del mes siguiente a la comunicación de las nuevas condiciones contractuales, sin perjuicio del cumplimiento por ambas partes de las obligaciones surgidas con anterioridad a la solicitud de baja o fecha de resolución.
12.3 La última versión del Contrato podrá consultarse en las oficinas comerciales de IPOnet y en la página web: www.redipo.com.
13.1 El presente Contrato, tendrá una duración de 24 meses, con la excepción reconocida en el artículo 71.3 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, siempre que el cliente lo acepte expresamente. Una vez que se cumpla su vigencia, dichos contratos quedan prorrogados automáticamente por el mismo periodo. Antes o después de la prórroga, el cliente gozará de ese mismo derecho de rescisión en cualquier momento sin contraer ningún coste salvo el de las cantidades adeudadas hasta la fecha o cualquier penalización por permanencia. Esta duración inicial entrará en vigor a partir de la fecha de activación del Servicio. El cliente podrá manifestar su intención de extinguirlo en cualquier momento, comunicándolo con quince (15) días de antelación a la fecha prevista de duración inicial.
13.2 El presente Contrato podrá resolverse, a petición de cualquiera de las Partes, por las causas generalmente admitidas en Derecho, por las previstas en estas Condiciones y, expresamente, por las siguientes:
a) Por petición expresa de cualquiera de la partes, previa comunicación a la otra por escrito con una antelación mínima de treinta (30) días naturales, en caso de que sea el CLIENTE quien decida resolverlo, y treinta (30) días, en caso de IPOnet, respecto a la fecha en que ha de surtir efecto.
b) Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes y, en especial, por la falta o demora en el pago.
c) Por imposibilidad técnica de la prestación del Servicio.
d) Por circunstancias de fuerza mayor.
13.3 El CLIENTE podrá darse de baja a través de las siguientes vías:
- Por comunicación escrita remitida por correo con dos días de antelación a la fecha de extinción, al domicilio de IPOnet, sito en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España adjuntando copia del D.N.I, C.I.F o de otra documentación acreditativa de su personalidad.
- Por fax al número 966.078.101, indicando sus datos personales y una copia de su D.N.I, C.I.F o de otra documentación acreditativa de su personalidad.
- Por correo electrónico a la siguiente dirección: bajas@redipo.es
13.4 En ningún caso la resolución del presente Contrato exonerará al Cliente de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto, como por ejemplo las penalizaciones contraídas al asumir la condición de Permanencia.
14.1 Los equipos facilitados por IPOnet para la prestación del servicio tales como: roseta óptica, cables de alimentación, otros (en adelante EQUIPOS IPO) lo serán en régimen de alquiler; en este caso, el CLIENTE no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá cederlos o entregarlos a terceros, debiendo mantenerlos en su poder durante la vigencia del presente contrato y utilizarlos exclusivamente en el lugar y para el fin contratado. Quedan exceptuados aquellos contratos donde se especifique la compra del router por parte del CLIENTE, pues, en este único caso, la propiedad del router la conserva dicho CLIENTE, e IPOnet será responsable únicamente de las garantías que exige la ley respecto de la compraventa de dicho tipo de equipos.
14.2 El CLIENTE es responsable de la custodia y correcta utilización de los EQUIPOS IPO, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse. En caso de daño, extravío, robo, hurto, desaparición, destrucción, o deterioro no derivado del uso ordinario, de todo o parte de los EQUIPOS IPO, el CLIENTE deberá comunicar tal suceso a IPOnet en el plazo de tres (3) días naturales.
14.3 El CLIENTE deberá indemnizar a IPOnet por un importe igual a la totalidad de los gastos derivados de la reparación de los EQUIPOS IPO deteriorados o averiados o, por la totalidad de su valor inicial a la suscripción del presente Contrato, en caso de daño, extravío, robo, hurto, desaparición, o destrucción, o de averías o deterioros imputables al CLIENTE no imputables a IPOnet que exijan una reparación cuyo coste supere el del equipo dañado, averiado o deteriorado.
14.4 IPOnet realizará el mantenimiento ordinario de los EQUIPOS IPO arrendados al CLIENTE. En caso de averías, si ésta fuese imputable a IPOnet, la comprobación, reparación o sustitución de los EQUIPOS IPO se efectuará sin cargo alguno para el CLIENTE. Si, por el contrario, la avería de los EQUIPOS IPO no fuera imputable a IPOnet, serán de cuenta del CLIENTE los costes que se generen por desplazamiento e intervención de los técnicos autorizados, siendo de aplicación las tarifas establecidas en cada momento por IPOnet. Asimismo, correrán a cargo del CLIENTE todos los costes y gastos generados por la reparación o sustitución, en su caso, de los EQUIPOS IPO que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por el CLIENTE o por cualquier técnico no autorizado por IPOnet, o utilizados por un fin distinto del establecido en las presentes Condiciones Generales.
14.5 En el caso del router el CLIENTE como titular de este equipo es responsable de la custodia y correcta utilización del mismo, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse. En caso de averías, serán de aplicación los términos de la garantía del router, debiendo sufragar aquellas tarifas establecidas en cada momento por IPOnet para el caso de que personal técnico deba reparar el router, salvo que dicha avería sea imputable a IPOnet. Asimismo, correrán a cargo del CLIENTE todos los costes y gastos generados por la reparación o sustitución, en su caso, del router que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por el CLIENTE o por cualquier técnico no autorizado por IPOnet, o utilizados por un fin distinto del establecido en las presentes Condiciones Generales.
14.6 En caso de resolución del presente Contrato, el CLIENTE deberá, en el plazo de cinco (5) días naturales desde la fecha efectiva de resolución, devolver a IPOnet los EQUIPO IPO en perfecto estado estético y de funcionamiento. A tal fin, el CLIENTE deberá entregar los EQUIPOS IPO, acordando con IPOnet el medio de recogida a través de su Servicio de Atención al Cliente.
14.7 En caso de que el CLIENTE no proceda a la devolución de los EQUIPOS IPO en el plazo señalado en el apartado anterior, IPOnet estará facultada para exigirle al CLIENTE, la cantidad de doscientos (200) euros en concepto de cláusula penal.
14.8 Lo establecido en los apartados precedentes se entiende sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que por cualquier causa incluida la reclamación de daños y perjuicios asistan a IPOnet como propietaria de los EQUIPO IPO.
14.9 Para aquellos casos en que se contrate expresamente por el CLIENTE la instalación de todos los equipos, se entenderá que mediante la firma del presente Contrato el CLIENTE autoriza la entrada en su domicilio a los técnicos de IPOnet con la finalidad de llevar a cabo el citado Servicio.
Los citados EQUIPOS IPO incluyen los siguientes materiales:
- Roseta Óptica
- Cable 20 metros de fibra óptica
- Cable alimentación eléctrica estándar europeo.
- Router Wireless de fibra óptica (ONT) 04 puertos RJ45 y 02 puertos de teléfono RJ-11.
15.1 La instalación engloba únicamente una roseta óptica, un cableado superficial en el interior del lugar de instalación, como máximo de 20 metros de cable de red y una conexión a un equipo informático. Cualquier elemento o instalación necesaria fuera de estos parámetros conllevará la obligación un pago adicional por parte del cliente para lo cual IPOnet realizará el correspondiente presupuesto. El pago será mediante ingreso bancario a un número de cuenta designado por IPOnet o realizando un pago con tarjeta llamando al teléfono 966.078.100 en su horario de atención. IPOnet activará el servicio dentro del día hábil siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe de la instalación ha sido satisfecho.
15.2 Pago de los equipos (router) e instalación. Pueden ser abonados de las siguientes formas:
a) De una vez en un pago único, mediante el pago domiciliado de la primera factura emitida por IPOnet.
b) Mediante el prorrateo en 12/18 meses según las cuotas por mes indicadas en la hoja de toma de datos, y siempre y cuando el cliente permanezca en el servicio dicho período. Si el cliente se diera de baja antes de finalizar el período de 12/18 meses de alguno de los servicios contratados, deberá abonar de una sola vez antes de producirse de forma efectiva la baja, la cantidad íntegra que restara por abonar (es decir, las cuotas no abonadas hasta la finalización del período de los 12/18 meses), de los citados equipos y demás elementos reseñados en la hoja de toma de datos, en lo que sería el vencimiento anticipado de la financiación o subvención de los equipos y demás elementos.
El precio a abonar, ya sea de una vez o de forma prorrateada al ser financiado será el establecido para cada equipo, y principalmente para el router ONT y su correspondiente instalación, en la hoja de toma de datos.
15.3 Asistencia Técnica in situ en caso de avería de los EQUIPOS IPO y el router situados en el domicilio indicado en la hoja de toma de datos y siempre y cuando sea titular el cliente indicado en la hoja de Toma de datos. Si el cliente quiere utilizar este servicio, deberá de hacerlo en horario laboral de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes llamando al número de teléfono 966.078.100 o vía e-mail a la dirección soporte@redipo.es. Se le responderán a sus requerimientos tan pronto sea posible durante el horario laboral.
15.4 Cualquier operación de mantenimiento o arreglo de avería derivadas de actuaciones u omisiones dolosas o culposas del Cliente o terceros conllevará la obligación de pago del correspondiente presupuesto de desplazamiento, material y horas de trabajo.
16.1 El Servicio contratado por el CLIENTE se regirá por las condiciones anteriormente establecidas y por las específicas de cada Servicio, prevaleciendo estas últimas sobre las anteriores en caso de contradicción. Además el CLIENTE contrata con IPOnet con sujeción al régimen que en cada momento establezca la normativa vigente española aplicable a los Servicios prestados por IPOnet. IPOnet y el CLIENTE con renuncia expresa a cualquier otro fuero, sometiéndose en caso de conflicto a lo marcado en la legislación vigente aplicable para cualquier controversia que pudiera derivarse del presente contrato.
16.2 En caso de que el usuario tenga su domicilio fuera de España, IPOnet y el CLIENTE se someten, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, a lo marcado en la legislación vigente aplicable. Finalmente, en caso de duda o contradicción, siempre prevalecerá la versión española de cualquier cláusula de este contrato.
17.1 IPOnet no asume responsabilidad alguna derivada de la pérdida, deterioro o mal uso del Servicio por el CLIENTE o por cualquier tercero, no participando en ningún caso en el contenido de las comunicaciones.
17.2 El presente contrato podrá ser modificado por IPOnet, previa comunicación al CLIENTE, con una antelación de un mes con indicación de la fecha de entrada en vigor de la modificación anunciada. En caso de disconformidad con la modificación propuesta, el CLIENTE podrá comunicar a IPOnet su voluntad de resolver el contrato. La utilización del Servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada por IPOnet se considerará expresión de su aceptación por el CLIENTE.
17.3 Si cualquier cláusula de este Contrato fuese declarada por un tribunal competente, total o parcialmente nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, y no perjudicará a la validez de las restantes, que conservará su fuerza vinculante, subsistiendo el Contrato en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.
17.4 IPOnet podrá comunicarse con el cliente en relación a cualquier circunstancia del presente contrato, incluidas comunicaciones sobre suspensión del servicios, mediante el envío de SMS al número móvil indicado en el Apartado Datos del cliente.
17.5. El Cliente se compromete a no suministrar datos falsos, inexactos o no vigentes, y en particular, a no suplantar la personalidad de ningún tercero. El Cliente responderá de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que el incumplimiento de estas obligaciones pueda conllevar. En todo caso, IPOnet se reserva el derecho de aceptar o rechazar libremente la solicitud de registro y prestación del Servicio realizada por el CLIENTE.
17.6 Los servicios prestados amparados en el presente contrato sólo podrán prestarse y recibirse a través de los equipos comprados a IPOnet o cedidos por IPOnet.
Promoción válida para nuevas contrataciones efectuadas por teléfono o en cualquiera de nuestras tiendas desde el 16/07/2019 hasta el 30/09/2019. Ipo se reserva el derecho de ampliar el período de validez de la presente promoción.
Promoción aplicable únicamente para nuevas contrataciones de cualquier conexión de Fibra para la localidad de Torrellano (Alicante).
La promoción tiene por objeto el descuento por parte de Ipo del 100% del importe de la conexión de Fibra hasta el 30/09/19.
Esta promoción no exime al cliente del pago de otros productos o servicios como: telefonía fija, telefonía móvil, TV, ip fija o conexión simétrica.
Esta promoción requiere una permanencia mínima por parte del cliente de 15 meses. En caso de que cliente solicite la baja antes de ese periódico: la penalización será de 150€ en concepto de instalación.
Esta promoción no será acumulable a otras campañas ni descuentos promocionales.
En caso de que el Cliente no esté de acuerdo con la prestación del Servicio, deberá dirigir la reclamación por escrito al domicilio social de IPONET COMUNICACIONES en C/José García Selles 1. Local G. 03015 – Alicante, por teléfono al Servicio de Atención al Cliente 222 si llama desde una línea móvil de IPONET COMUNICACIONES o 900 899 990 o por correo electrónico a la dirección ipomovil@redipo.es, en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que motive la reclamación. IPONET COMUNICACIONES asignará un número de referencia a la reclamación. La existencia de una reclamación no justifica, en ningún caso, demora o aplazamiento en el pago de la factura objeto de la misma. Asimismo, en caso de que el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de IPONET COMUNICACIONES en el plazo de un (1) mes, podrá dirigirse durante los tres (3) meses siguientes, a la Junta Arbitral de Consumo o a la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
Asimismo el Cliente podrá utilizar la Plataforma Europea de Resolución de Litigios en Línea accediendo a través del siguiente enlace “https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/?event=main.home.howitworks”. El Cliente otorga plena validez a los registros almacenados en los sistemas de IPONET COMUNICACIONES relativos a las conversaciones entre IPONET COMUNICACIONES y el Cliente, salvo prueba en contrario. El Cliente tiene disponible en la página web de IPONET COMUNICACIONES, redipo.es, la información sobre los procedimientos para presentar quejas, reclamaciones y peticiones.
La empresa IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. con domicilio en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España y número identificativo B54172135 organiza con fines promocionales el sorteo/concurso (en adelante, “la Promoción”) de ámbito nacional, a desarrollar a través de Internet, exclusivo para usuarios residentes en Comunidad Valenciana, Comunidad Murciana y Castilla La Mancha y mayores de edad de acuerdo con lo dispuesto en el apartado de condiciones para participar.
La Promoción se iniciará el día 17 de Mayo 2019, y finalizará el día 17 de Junio 2019.
PLos requisitos de participación serán los siguientes:
- Podrán participar aquellas personas que residan en Comunidad Valenciana, Comunidad Murciana y Castilla La Mancha y sean mayores de 18 años
- Sólo podrán participar aquellos participantes que cumplan las bases del concurso.
- Los datos personales con los que los participantes rellenen el formulario de inscripción deberán ser datos veraces.
- Los Participantes sólo podrán inscribirse una vez en la presente promoción.
La mecánica de la Promoción consiste en participar en el concurso dando like y añadiendo un comentario.
Se elegirá [1] ganador/es y [1] suplente/s mediante sorteo el día 20 de Junio de 2019.
La selección de los ganadores y suplentes se realizará de forma aleatoria a través de la plataforma Easypromos. Easypromos es una plataforma que garantiza la transparencia del resultado del sorteo y como prueba de ello emite un certificado de validez para cada uno de sus sorteos, cuyo resultado es inalterable por el organizador del sorteo, y que cualquier usuario participante puede solicitar al organizador.
El/Los ganador/es obtendrá/n como premio: Una consola Nintendo Classic Mini.
perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados en virtud de esta Promoción.
No podrán participar en la Promoción las siguientes personas: (i) Los trabajadores por cuenta ajena empleados en cualquiera de las sociedades y otras entidades con personalidad jurídica vinculadas a IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. (iii) Cualquier otra persona física que haya participado directa o indirectamente en la organización de este Concurso o haya estado involucrado directa o indirectamente en su preparación o desarrollo (agencia, proveedores, etc.).
El premio entregado no será transferible ni susceptible de cambios, alteraciones o compensaciones a petición de los Participantes, no pudiendo ser canjeado por cualquier otro producto ni por dinero.
IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. se reserva el derecho, si concurre justa causa y previa comunicación en legal forma, de efectuar cualquier cambio, suspender o ampliar esta Promoción.
Correrán a cuenta y cargo del ganador cualquier carga fiscal o tributaria que la aceptación del premio pudiera suponerle, así como cualquier otro gasto derivado de la promoción que no esté expresamente asumido por IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. en las presentes Bases Legales.
Se establece un plazo de QUINCE (15) días naturales desde la fecha de la concesión del premio, para efectuar cualquier reclamación motivada. IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. se reserva, en caso de obligada necesidad, el derecho de sustituir el premio por otro de similares características.
No se permitirán comentarios u opiniones cuyo contenido se considere inadecuado, que sean ofensivos, injuriosos o discriminatorios o que pudieran vulnerar derechos de terceros. Tampoco ser permitirá comentarios contra un particular que vulneren los principios de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. No nos responsabilizaremos de los daños ocasionados por los comentarios que hagan los participantes en la Promoción, y que en cualquier momento pudieran herir la sensibilidad de otros participantes.
A título enunciativo, pero no limitativo, no nos responsabilizamos de las posibles pérdidas, robos, retrasos o cualquiera otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente Promoción, así como tampoco nos responsabilizamos a del uso que haga el participante respecto del premio que obtenga de esta Promoción, y no asume responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir los Participantes, ganador o terceros.
No asumimos la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la Promoción o el disfrute total o parcial del premio. En caso de que esta Promoción no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control de IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. y que afecte al normal desarrollo del Concurso, nos reservamos el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma, incluyendo la página web de participación.
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De conformidad con lo establecido en la normativa aplicable en materia de protección de datos, y concretamente en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, cada Participante, con la aceptación de estas Bases Legales consiente que los datos personales facilitados para la participación en este concurso sean incorporados a un fichero titularidad de IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. para tramitar la participación en el concurso y para comunicarle el premio en caso de que resultase Ganador.
Le informamos de que sus datos personales de contacto serán utilizados para las siguientes finalidades:
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Los Participantes tienen derecho a (i) acceder a sus datos personales, así como a (ii) solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión, (iii) solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, (iv) oponerse al tratamiento de sus datos y (v) solicitar su portabilidad. Los Participantes pueden ejercer todos estos derechos en la siguiente dirección de email IPONET COMUNICACIONES, S.L.U. indicando, el motivo de su petición.
Los Participantes pueden también, enviar su petición por correo ordinario a la siguiente dirección: attcliente@redipo.es.
Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, el Participante tendrá derecho a presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en particular en el Estado miembro en el que tenga su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción, en caso de que considere que el tratamiento de sus datos personales no es adecuado a la normativa, así como en el caso de no ver satisfecho el ejercicio de sus derechos.
La Autoridad de Control ante la que se haya presentado la reclamación informará al reclamante sobre el curso y el resultado de la reclamación.
Para más información, puedes consultar la política de privacidad de IPONET COMUNICACIONES, S.L.U a través del siguiente enlace: https://www.redipo.es/legal-y-regulatorio.
Nos reservamos el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en la Promoción.
Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Elche.
Las presentes Condiciones Generales son las únicas aplicables a la prestación de servicios de comunicaciones móviles de AIRE NETWORKS DEL MEDITERRÁNEO, S.L.U. con CIF B53704599 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante Tomo 2584, Folio 29, Sección 8, Hoja A-72796 Inscripción 1, y con domicilio fiscal en C/Santiago Ramón y Cajal Nº 11, Elche Parque Empresarial 03203, Elche (Alicante) España (en adelante, el OPERADOR) a los consumidores y usuarios (en adelante, el Cliente).
El OPERADOR prestará el servicio telefónico móvil disponible al público y, en su caso, los servicios de comunicaciones electrónicas y valor añadido que sean solicitados por el Cliente, (en adelante el Servicio). Como contraprestación, el Cliente deberá abonar el importe del Servicio prestado según las tarifas establecidas en el presente Contrato o vigentes en cada momento y dentro de los límites de crédito que, en su caso, se pacten por Condiciones Particulares. El presente Contrato podrá ser modificado por el OPERADOR cuando exista un cambio en el Servicio, en las condiciones y tarifas aplicables o en la normativa vigente que resulte de aplicación. Dicha modificación se notificará al Cliente con un (1) mes de antelación a la entrada en vigor de la misma. El Cliente tendrá derecho a resolver anticipadamente el Contrato sin penalización alguna por este concepto, siempre que no esté de acuerdo con la modificación. La comunicación al Cliente se podrá realizar a través de la página web: www.redipo.es de otro medio alternativo, como MMS, SMS, y todo ello sin perjuicio de que el Cliente pueda solicitar que la comunicación se realice por cualquier medio disponible. La continuación en la utilización del Servicio por parte del Cliente a partir de la comunicación de la modificación se considerará como aceptación de la misma.
A efectos de notificaciones, se considerará domicilio del Cliente y del OPERADOR el que conste en la hoja de datos del presente Contrato. Como condición esencial del Contrato el Cliente debe ser residente en España, pudiendo el OPERADOR denegar la prestación del Servicio desde que tenga conocimiento de que el Cliente no cumple este requisito.
El Servicio está referido al territorio nacional. El servicio de Roaming por defecto estará desactivado, salvo que el Cliente opte por la activación del mismo indicándolo en la hoja de datos del Contrato o con posterioridad durante la vigencia del contrato, mediante la oportuna comunicación al respecto. El servicio de Roaming se prestará en función de los acuerdos bilaterales que el OPERADOR concierte o tenga concertados con los operadores de otros países. El OPERADOR se compromete a poner a disposición del Cliente información actualizada sobre las zonas de cobertura en las que el Servicio esté implantado. El OPERADOR lleva a cabo, de manera continua, actuaciones tendentes a garantizar una adecuada prestación del Servicio. Ante cualquier incidencia en relación con el mismo, el Cliente podrá ponerse en contacto con el OPERADOR a través del Servicio de Atención al Cliente mediante la marcación de los siguientes números:
- Servicios Generales: 120
- Buzón de voz: 121
Atención al cliente desde un teléfono de IPO Móvil:
- Empresas 223
- Particulares 222
Desde otro teléfono: 911 090 090
Desde el extranjero:
- Empresas: +34 911 090 091
- Particular: + 34 911 090 092
- Buzón de voz: +34 911 090 099
La cobertura y la calidad del Servicio pueden verse alteradas por circunstancias excepcionales que imposibiliten el cumplimiento de los mínimos de calidad.
3.1 Indemnización por interrupción temporal del servicio telefónico móvil disponible al público o del servicio de acceso a Internet móvil. En caso de que se produzca una interrupción temporal en el servicio telefónico móvil disponible al público o en el servicio de acceso a Internet móvil, el Cliente tendrá derecho a una indemnización, previa declaración responsable dirigida al Servicio de Atención al Cliente, en el plazo de diez (10) días contados a partir del restablecimiento del Servicio, declarando que ha estado en un área afectada por la interrupción en el momento de producirse. Esta afirmación no podrá ser contradictoria con la que conste en los sistemas de información del OPERADOR. La indemnización a la que tiene derecho el Cliente en este caso será la mayor de las dos siguientes: (i) el promedio del importe facturado por el servicio al que afecte la interrupción que da lugar a la indemnización durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción, si bien en caso de que la antigüedad del Cliente sea inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado o (ii) cinco veces la cuota mensual de abono o equivalente vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta. El OPERADOR abonará esta cantidad en la factura correspondiente al período inmediato a aquél en que se produzca la reclamación, cuando la interrupción del Servicio suponga el derecho a una indemnización por importe superior a un (1) euro. En interrupciones por causas de fuerza mayor, el OPERADOR compensará al Cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción. No será de aplicación lo dispuesto anteriormente en cuanto a la indemnización cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes: (i) incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o mora en el pago o (ii) daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada.
El Cliente abonará las cantidades devengadas por todos y cada uno de los conceptos correspondientes al Servicio prestado y según las tarifas puestas en conocimiento del Cliente, establecidas en el presente Contrato o vigentes en cada momento. El Cliente podrá consultar toda la información actualizada sobre las tarifas vigentes en: www.redipo.es y podrá solicitar el cambio de tarifa a otra diferente, aunque nunca podrá solicitar más de un cambio de tarifa por ciclo de facturación. El OPERADOR comunicará la modificación de tarifas a los organismos competentes en la materia con, al menos, diez (10) días de antelación. Se facturará mensualmente al Cliente la cantidad que éste deba abonar por la prestación del Servicio. En caso de que por razones técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el periodo inmediatamente posterior al devengo, se podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos. Se podrá facturar para el cobro inmediato las cantidades devengadas cuando: (i) el Cliente exceda los límites de crédito pactados, en su caso, (ii) se produzca la suspensión o interrupción del Servicio, (iii) el Cliente incumpla el presente Contrato o (iv) en casos de fraude o riesgos de impago. Para efectuar el pago de las cantidades devengadas, el Cliente podrá optar entre la domiciliación bancaria o el pago por transferencia bancaria o por cualquier otro medio de pago que acuerden las partes. El impago por el Cliente de las cantidades debidas por la utilización del Servicio en la fecha en que se deba realizar el pago según factura, implicará la obligación para el Cliente de pagar un interés de demora igual al interés legal del dinero, incrementado en un dos por ciento (2%), así como los gastos ocasionados por la devolución del recibo y el impago de la factura y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. Se podrá utilizar y ejecutar para obtener el cobro de las cantidades adeudadas, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el Cliente, o los depósitos, fianzas o demás garantías establecidas. En caso de que el Cliente opte por la facturación resumida (no desglosada), se le remitirá la factura sin detalle de las comunicaciones efectuadas por el Cliente.
El OPERADOR iniciará la prestación del Servicio al Cliente en los quince (15) días siguientes a la firma del presente Contrato. El OPERADOR informa al Cliente del derecho a la desconexión de las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales. A estos efectos, el Cliente deberá comunicar al OPERADOR, mediante petición escrita o telefónica, su intención de desconectarse de los servicios mencionados. ION MOBILE hará efectiva la desconexión en un plazo máximo de diez (10) días desde la recepción de la solicitud. Si dicha desconexión no se produjera en dicho plazo, por causas no imputables al Cliente, serán de cargo del OPERADOR los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicita.
El cliente autoriza al OPERADOR a notificar requerimientos de pago de los servicios contratados a través de SMS/MMS dirigidos al número móvil relacionado con el contrato. En el caso de que se produzca un impago, el OPERADOR podrá suspender de forma temporal el servicio objeto de impago desde el momento en el que conozca tal hecho. La suspensión sólo afectará a los servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en mora. El impago del cargo por los servicios de tarificación adicional, acceso a Internet o de cualesquiera otros distintos del servicio telefónico móvil disponible al público sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios. La suspensión del servicio o servicios no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cantidades independientes del tráfico que puedan devengarse y que se correspondan con el servicio contratado. En el supuesto de suspensión temporal del servicio telefónico por impago, éste será mantenido para las llamadas salientes de urgencias, así como para las llamadas entrantes, con excepción de las de cobro revertido o el cliente se encuentre fuera del territorio de España. El OPERADOR restablecerá el servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo. En el supuesto de que el Cliente hubiera presentado una reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo o ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, el OPERADOR no suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras que la reclamación se esté sustanciando, siempre que el Cliente consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo. El Cliente podrá solicitar formalmente la suspensión temporal del Servicio a través de una comunicación dirigida al domicilio del OPERADOR al Servicio de Atención al Cliente. La duración de la suspensión no será menor de un (1) mes ni superior a tres (3) meses. El período de suspensión no podrá exceder de noventa (90) días por año natural. El retraso en el pago del servicio telefónico móvil disponible al público por un período superior a tres (3) meses, o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones, por mora en el pago del Servicio, dará derecho al OPERADOR a la interrupción definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato. El OPERADOR podrá suspender de manera temporal o definitiva el Servicio en casos de fraude, riesgo objetivo de comisión de fraude, presunción o indicios razonables de comisión de fraude o por otras razones suficientemente acreditadas de uso ilícito del Servicio.
El OPERADOR, una vez recibida la solicitud de alta por parte del Cliente, y en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, podrá, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Cliente:
a. Solicitar al Cliente la constitución de un depósito no remunerado en efectivo o el otorgamiento de un aval bancario.
b. Asignar al Cliente un límite de crédito.
c. Restringir al Cliente los servicios de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales.
El requerimiento de constitución del depósito o el otorgamiento del aval se hará por cualquier medio que deje constancia de su recepción por el Cliente, otorgándole a éste un plazo no menor de quince (15) días para su constitución o, en su caso, para el abono de las cantidades pendientes. Con relación a la asignación de límite de crédito o restricción de servicios, bastará la comunicación previa del OPERADOR al Cliente. En las garantías exigidas por los retrasos reiterados en el pago de las obligaciones de los recibos correspondientes a otro u otros contratos de abono, el depósito se devolverá cuando quede acreditado que en un (1) año no ha existido ningún retraso en el pago de las facturas enviadas por el OPERADOR al Cliente. En cualquier caso, la cuantía del depósito o aval en estos supuestos no será superior al consumo medio estimado de tres (3) meses por línea del Cliente. En los demás casos, la garantía, la asignación de límite de crédito o la restricción de servicios desaparecerán tan pronto como el OPERADOR tenga constancia de que los supuestos que motivaron la adopción de tales medidas ya no existen. Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja en el Servicio o solicitara el cambio de titularidad de su Contrato, el OPERADOR podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del Cliente. Si el Cliente hubiera pagado todas las facturas, el depósito será devuelto íntegramente. El plazo de devolución del depósito será de quince (15) días a contar desde el siguiente a aquél en el que se cumplan las circunstancias que permitan la devolución. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de pago del Cliente derivadas de su relación con el OPERADOR, el Cliente autoriza y consiente que el OPERADOR trate sus datos personales con la finalidad de confirmar y valorar, incluso por procedimientos automatizados (scoring), su solvencia financiera, mediante la obtención de datos de las entidades bancarias aportadas por el Cliente, de los datos aportados por el Cliente en el Contrato, y de los que se deriven de la relación contractual, así como de ficheros sobre solvencia patrimonial y de crédito. Asimismo, el Cliente autoriza al OPERADOR al tratamiento y mantenimiento de estos datos, con fines estadísticos, previa disociación de los datos, y de evaluación de la solvencia. Estos tratamientos, con fines estadísticos y de evaluación de la solvencia serán responsabilidad del OPERADOR en los términos y condiciones establecidos en la Condición General 11, pudiendo ejercitar el Cliente, en todo momento, los derechos de acceso, rectificación, oposición o, en su caso, cancelación. Asimismo, el Cliente consiente al OPERADOR a ceder tanto sus datos personales, como los datos relativos a sus comportamientos de pago a aquellas entidades titulares de ficheros de solvencia patrimonial positiva que presten dicho servicio al OPERADOR y a consultar el mismo, tanto por parte del OPERADOR, como por aquellas otras entidades que aporten información al citado fichero, con el fin de evaluar la solvencia patrimonial del Cliente, gestionar los riesgos y gestionar el recobro. El Cliente puede revocar este consentimiento en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose al OPERADOR por cualquier medio de los indicados en la condición 9 del presente Contrato, con la referencia "Protección de Datos", salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será C/Santiago Ramón y Cajal Nº 11, Elche Parque Empresarial, 03203 Elche (Alicante). Por otra parte, el Cliente consiente al OPERADOR a ceder sus datos personales a la Asociación Centro de Cooperación Interbancaria con domicilio en Calle Miguel Ángel, Nº 23, 28010, Madrid, para que sean incluidos en un fichero que forma parte del Servicio de Prevención del Fraude con la finalidad de que sean sometidos a vigilancia y puedan contribuir a prevenir el fraude que se pueda cometer con los mismos. Del mismo modo el Cliente autoriza y consiente tanto al OPERADOR, como a aquellas otras entidades que forma parte de esta Asociación, a consultar el fichero con las finalidades mencionadas anteriormente. El Cliente podrá consultar la identidad de las entidades adheridas a este fichero a través de la página web www.sepfra.es. El Cliente puede revocar este consentimiento en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose al OPERADOR por cualquier medio de los indicados en la condición 9 del presente Contrato, con la referencia "Protección de Datos", salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será C/Santiago Ramón y Cajal Nº 11, Elche Parque Empresarial, 03203 Elche (Alicante).
El OPERADOR facilitará al Cliente la información necesaria y conveniente para una adecuada prestación del Servicio, la cual podrá ser suministrada con carácter general mediante anuncios en la página web: www.redipo.es en los medios de comunicación social, Centros de Atención al Cliente, puntos de venta o a través de los agentes autorizados. En caso de que el Cliente solicite información sobre la prestación del Servicio, el OPERADOR se la hará llegar sin cargo alguno.
El CLIENTE podrá formular, a través del número de Atención al Cliente 966.078.100 o bien mediante escrito dirigido a la dirección del Servicio de Atención al Cliente en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España, sus quejas o reclamaciones, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento del hecho que las motive. En caso de no ser atendida la reclamación de que se trate en el plazo de un mes, el CLIENTE que sea persona física podrá reproducirla ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a través del número 901.336.699 o la web www.usuariosteleco.es. Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento de reclamación se regirá por la normativa vigente en cada momento. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras la reclamación se esté substanciando, siempre que el CLIENTE consigne fehacientemente el importe adeudado. La interposición de reclamaciones no supone retraso en el pago de las cantidades que el CLIENTE está obligado a satisfacer.
El Cliente es responsable de la custodia diligente y el mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso o sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que le sean facilitados en relación con el Servicio. Dichos mecanismos de seguridad sólo podrán ser utilizados por el Cliente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 y demás normativa de desarrollo, el Cliente queda informado de que los datos personales a los que el OPERADOR tenga acceso como consecuencia de la prestación del Servicio, serán tratados por el OPERADOR con las siguientes finalidades: (i) prestar y gestionar los servicios solicitados en cada momento, (ii) desarrollar acciones comerciales y de promoción comercial y publicitaria, sean de carácter general o adaptadas a sus características personales, de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por el OPERADOR, por empresas del Grupo del OPERADOR del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia de la relación contractual, así como el envío de las mismas por cualquier medio de comunicación electrónica (para lo indicado en este apartado deberá dar su consentimiento explícito mancando la opción correspondiente en el apartado 11 de la Hoja de Toma de Datos) e (iii) instalar y actualizar en su terminal todas las aplicaciones correspondientes a servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos prestados por el OPERADOR, por empresas del Grupo del OPERADOR del sector de las telecomunicaciones y por terceros que intervengan en la prestación de dichos servicios. Del mismo modo, el Cliente consiente expresamente el tratamiento de sus datos de tráfico y facturación, de conformidad con lo dispuesto con el art. 65.3 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios, para la prestación y promoción comercial de los servicios de telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, de valor añadido o contenidos así como para realizar valoraciones en función del uso de los mismos servicios. Asimismo, el Cliente consiente al OPERADOR la comunicación o cesión de sus datos personales a empresas del Grupo del OPERADOR del sector de las telecomunicaciones, situadas en España o en el extranjero (www.redipo.es) y a sus agentes o distribuidores autorizados, con las finalidades anteriormente señaladas. Sus datos se mantendrán mientras no se solicite su supresión por parte del CLIENTE. El Cliente podrá revocar todos los consentimientos anteriormente otorgados en cualquier momento, sin efectos retroactivos, dirigiéndose al OPERADOR por cualquier medio de los indicados en la condición 9 del presente Contrato, con la referencia “Protección de Datos”, salvo en lo que respecta a las comunicaciones escritas que, para todo lo relativo a protección de datos, será C/Santiago Ramón y Cajal Nº 11, Elche Parque Empresarial, 03203 Elche (Alicante). El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose al OPERADOR por cualquier medio de los indicados en el párrafo anterior. El OPERADOR informa al Cliente de que sus datos de localización serán cedidos a los servicios de emergencia (112), si así fueren solicitados. El Cliente podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose, por cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción al OPERADOR a la dirección indicada en esta cláusula. Además, tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente en materia de Protección de Datos. En caso de tener que ponerse en contacto con nuestro delegado de protección de datos lo puede realizar en la siguiente dirección de correo: rgpd@airenetworks.es
El cliente consiente de forma expresa que sus datos de facturación sean comunicados y utilizados por el Agente/distribuidor para el caso de que se identifique alguno en la toma de datos, para realizar la re facturación por parte de dicho Agente-distribuidor al cliente de todos los servicios móviles. Igualmente, se comunica al cliente que sus datos serán objeto de tratamiento por cuenta de tercero en la figura del Agente con el objeto de prestar total o parcialmente el servicio de atención al cliente.
Se informa al Cliente que si éste solicita la inclusión de sus datos personales en guías de abonados, comunicará dichos datos a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, para que ésta pueda ponerlos a disposición de las entidades que elaboren las guías y de las entidades que provean servicios de información o consulta. El Cliente podrá solicitar gratuitamente que sus datos no figuren en las guías de abonados impresas o electrónicas o en los servicios de información sobre números de abonado. Cuando el Cliente ejerza cualquiera de sus derechos en relación al fichero de guías de abonados o servicios de consulta sobre números de abonados, deberá comunicar su petición especificando si se refiere al servicio de guías impresas o electrónicas y/o de consulta o información sobre números de abonado. A tal efecto podrá dirigirse a la dirección antes reseñada en el domicilio del OPERADOR.
El Cliente se compromete a cumplir lo expresamente pactado en el presente Contrato, a hacer un uso lícito del Servicio prestado conforme a la normativa vigente, al orden público, a los principios de la buena fe y a abstenerse de llevar a cabo conductas que vulneren derechos de terceros. El Cliente no podrá obtener un beneficio económico por la utilización del Servicio distinto del derivado de este Contrato, ni utilizar su condición de Cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender el Servicio prestado por el OPERADOR o explotar el Servicio para otros fines en cualquier forma. El incumplimiento o la apreciación objetiva, por parte del OPERADOR, del riesgo de incumplimiento de las obligaciones anteriormente citadas, supondrá la resolución automática del Contrato. El Cliente, con la finalidad de que el OPERADOR preste un Servicio adecuado y seguro, autoriza al OPERADOR a utilizar tecnología de filtrado u otras medidas de seguridad con el fin de garantizar los derechos del Cliente y evitar el fraude o el uso ilícito o irregular del Servicio.
El Cliente se compromete a no suministrar datos falsos, inexactos o no vigentes, y en particular, a no suplantar la personalidad de ningún tercero. El Cliente responderá de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que el incumplimiento de estas obligaciones pueda conllevar. En todo caso, el OPERADOR se reserva el derecho de aceptar o rechazar libremente la solicitud de registro y prestación del Servicio realizada por el CLIENTE.
Ninguna de las partes podrá ceder el presente Contrato, total o parcialmente, a terceros sin el consentimiento previo de la otra parte. A estos efectos, no tendrán la consideración de terceros las sociedades pertenecientes al Grupo del OPERADOR del sector de las telecomunicaciones. El Cliente no podrá ceder a un tercero la prestación del Servicio con ánimo de lucro propio o ajeno.
El OPERADOR y el Cliente tienen derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos. Asimismo, el Cliente tendrá derecho a resolver el Contrato en cualquier momento y con una antelación de dos (2) días hábiles comunicándolo al OPERADOR y adjuntando copia del DNI o de otra documentación acreditativa de su personalidad. Será causa de resolución automática del presente Contrato a instancia del OPERADOR la extinción de la habilitación al OPERADOR para prestar el Servicio cuando ello determine la imposibilidad de seguir prestándolo. El OPERADOR podrá resolver automáticamente el Contrato por incumplimiento por el Cliente de cualquiera de las condiciones del mismo. En ningún caso la extinción, la resolución o el desistimiento del presente Contrato exonerará al Cliente o al OPERADOR de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto, como por ejemplo las penalizaciones contraídas al asumir la Condición Particular de Permanencia, en su caso, y que sería objeto de regulación expresa en la hoja de toma de datos en virtud a subvención de terminales, equipos, bonificaciones, descuentos, etc. Dicho motivo de permanencia, plazo de permanencia y penalización se fijarán en la hoja de toma de datos. El Cliente tiene derecho a conservar la numeración asociada a la/s línea/s de su titularidad, en caso de que solicite la portabilidad a otro operador de telefonía móvil.
A efectos del envío de correspondencia y de cualquier tipo de comunicación o notificación, se considerarán válidos el domicilio en España indicado por el Cliente en el Contrato y el domicilio social del OPERADOR referenciado en este Contrato. Cualquier cambio o modificación en el domicilio expresado, deberá ser comunicado a la otra parte.
Las presentes Condiciones Generales sustituyen a cualesquiera otras condiciones generales previas que difieran en su contenido y/u obligaciones, las cuales quedarán sin efecto.
De conformidad con el REGLAMENTO (UE) 2016/679 del PARLAMENTO EUROPEO y del CONSEJO de 27 de abril de 2016, se informa que los datos personales facilitados voluntariamente por usted a través de la página web de IPOnet Comunicaciones, S.L.U. (en adelante IPO) domiciliada en Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España serán tratados por IPO con la finalidad de realizar las labores de mantenimiento y gestión de la relación y prestación de los diferentes servicios dispuestos a través de la página web IPO. La base legal que legitima el tratamiento es la del mantenimiento de las relaciones contractuales y comerciales con los usuarios/clientes o registrados. Sus datos se mantendrán mientras no se solicite su supresión por parte del interesado.
IPO, se compromete a guardar el secreto de los datos de carácter personal facilitados y a mantener las medidas necesarias, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología, para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, sin perjuicio de que dichos datos o el acceso al fichero que los contiene pueda ser facilitado a aquellos órganos o entidades que en virtud de una disposición legal exijan que les sea facilitado dicho acceso.
Usted responderá, en cualquier caso, de la veracidad de los datos facilitados, reservándose IPO el derecho a excluir de los servicios prestados a todo aquel que haya facilitado datos falsos, sin perjuicio de las demás acciones que procedan en Derecho, así como a aquellas personas que hubiesen facilitado los referidos datos. Asimismo, se le informa que podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, mediante petición escrita dirigida a IPO, al Responsable del Tratamiento a la siguiente dirección Calle José García Selles Nº1, Local G, 03015 Alicante (Alicante) España. Además, tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente en materia de Protección de Datos.
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IV. ALTA EN LOS SERVICIOS COMO USUARIO REGISTRADO Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Para acceder a determinados servicios será preciso darse de alta como USUARIO REGISTRADO de www.redipo.es . Los datos para cumplimentar el Formulario de Alta se facilitan de manera libre y voluntaria. IPO informa asimismo a los efectos oportunos, que sus datos de carácter personal sólo podrán obtenerse para su tratamiento cuando sean adecuados y pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido. Serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para dicha finalidad, o cuando lo solicite el titular en ejercicio de su derecho de cancelación.
Cuando se recaben datos personales a través de IPO se informará previamente al usuario, de forma clara e inequívoca de los siguientes extremos:
1. Existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, finalidad de la recogida y destinatarios de la información
2. Inscripción del fichero en el Registro de la agencia de Protección de Datos.
3. Carácter obligatorio o facultativo de la respuesta a las preguntas que en su caso les sean planteadas, así como de las consecuencias de la obtención de datos o la negativa a suministrarlos.
4. Posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
5. Identidad y dirección del responsable del tratamiento de datos. El usuario será el único responsable a causa de la cumplimentación de los formularios con datos falsos, inexactos, incompletos o no actualizados.
Cualquier cesión a terceros de los datos personales de los usuarios de este portal, será comunicada debidamente a los afectados especificando la identidad de los cesionarios y la finalidad con que se van a tratar los datos que se ceden.
V. SIGNOS DISTINTIVOS E IMÁGENES. Todos los signos distintivos, tales como: marcas, nombres comerciales, imágenes, etc., están protegidos por la legislación vigente en materia de propiedad industrial e intelectual, por lo que los USUARIOS no podrán explotar ni utilizar los mismos, salvo que obtengan consentimiento previo y por escrito al efecto.
VI. EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES. El acceso y la utilización de las páginas de www.redipo.es se realizarán bajo la única y exclusiva responsabilidad del USUARIO. IPO no garantiza ni se responsabiliza de los daños y perjuicios de toda naturaleza que se deban a las siguientes circunstancias:
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VII. JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Las presentes Condiciones de Uso se regirán por lo dispuesto en la legislación Española. En el caso de que se produzca cualquier discrepancia o controversia, las partes se someten con expresa renuncia al fuero propio, a los Juzgados y Tribunales de Alicante.
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